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Integración escolar

Aunque muchos niños con necesidades especiales asisten felizmente a colegios comunes, no todos pueden ejercer ese derecho a la educación inclusiva en todos los niveles que les reconocen las leyes de nuestro país.

Estas normas, dirigidas a todas los colegios públicos y privados, solo se cumplen parcialmente, y los progresos, si bien existen, son lentos y distan de satisfacer las demandas de la población escolar con necesidades educativas especiales.

Las discapacidades son variadas, pueden ser motoras, sensoriales o intelectuales y la preparación de los edificios, aulas, baños y salas de recreo no siempre está actualizada, como la ley exige. Al mismo tiempo, no todos los docentes están preparados para atender a los niños, y la cantidad de profesores integradores nunca resulta suficiente. En muchos casos es imprescindible la presencia de especialistas en integración para acompañar a los niños en su paso por la escuela, como sucede con algunos niños con síndrome de Down, o autistas, entre otros casos.

Las autoridades educativas no siempre tienen en cuenta esa necesidad, y a veces imponen integraciones que no se pueden llevar a efecto de la manera más satisfactoria, o incumplen la ley al derivar a los niños a escuelas especiales por falta precisamente de profesionales que acompañen al docente en el aula.

De lo que se trata es de aceptar la diversidad y aprender de ella, algo que no se logrará recluyendo a los niños con capacidades diferentes. Esto es, en la mayoría de los casos, la filosofía absolutamente contraria a la integración.

Hay amplia evidencia de que los niños con necesidades especiales se muestran particularmente satisfechos al participar de todo o parte del trabajo escolar común y que eso influye de una manera altamente favorable en su evolución general.

No debe olvidarse que la estimulación que significa la presencia de muchos niños sin sus dificultades genera un afán de superación que no se da en las escuelas especiales. A la vez, si la exigencia es excesiva se logra el efecto contrario y se convierte en frustración.

Conviene tener en cuenta que el objetivo de la integración, además de su justicia intrínseca, tiene dos beneficiarios: uno es la persona con necesidades especiales y el otro es el resto del curso donde la persona se integra, que aprende el sentido y el lenguaje de la diversidad y la diferencia en la igualdad de dignidades. También aprenden a crecer no solo en la competencia, sino también en la solidaridad ante quien no puede competir en igualdad.

Como se puede ver, aspirar a una plena integración exige una compleja organización de recursos humanos y técnicos, además de un fuerte respeto a los derechos humanos de solidaridad e igualdad.

Por eso hace falta una clara voluntad que la promueva y le dé un desarrollo consistente y esa es responsabilidad de todo el sistema educativo, desde las universidades que forman maestros, pasando por los sostenedores y directores, hasta los propios profesores y profesoras y la comunidad escolar. De lo contrario, las leyes de inclusión, en vez de marcar el deber ser de una oferta educativa realmente integradora, se limitará a enunciar un conjunto de buenas intenciones

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