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Convencionales logran acuerdo sobre sistemas políticos

Convención

Tras varios días de maratónicas reuniones de los integrantes de la comisión encargada de proponer un nuevo régimen de gobierno, finalmente dentro de la Convención Constitucional se logró un acuerdo para llevar al pleno un informe de reemplazo luego que la primera propuesta fuera rechazada. Para que las iniciativas pasen a la siguiente etapa necesita un quórum de 2/3, 103 votos.

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El nuevo texto propone un régimen presidencial pero con mayores atribuciones para el Congreso. Desaparecen las figuras inicialmente planteadas de un vicepresidente electo y un ministro de Gobierno y el parlamento estaría compuesto por un Congreso de Diputadas y Diputados (paritario y plurinacional) de no menos de 155 miembros y una Cámara de las Regiones de tres representantes por región (como mínimo).

¿Qué rol tiene la Cámara de las Regiones?

En el documento acordado el órgano que reemplazaría al Senado se elige en conjunto con las autoridades comunales y regionales tres años después de la elección presidencial y del Congreso. Sus principales atribuciones dicen relación con leyes regionales y además las que regulan el poder legislativo, organizaciones políticas, votaciones populares y escrutinios, reformas constitucionales y la ley de presupuestos.

Tanto el Congreso como la Cámara de las regiones son organismos paritarios que pueden ser reelectos por una sola vez y se renuevan cada 4 años.

Voto Obligatorio

Tal como se señalaba en la propuesta inicial, se repone el voto obligatorio para los mayores de 18 años pero incorpora la novedad de un voto voluntario para los menores de 16 y 17 años. Para los chilenos residentes en el exterior se creará un distrito especial y que así puedan participar de plebiscitos y elecciones de diputados y diputadas.

También se fijan escaños reservados para los pueblos originarios en todos los organismos de elección popular, los que se determinarán de forma proporcional respecto a la población nacional y son adicionales a los 155 establecidos como mínimo en el Congreso.

¿Cómo quedaron los partidos políticos?

En el acuerdo se establece una denominación general: Organizaciones políticas definidas como “entidades públicas no estatales, de carácter voluntario, que concurren a la formación de la voluntad popular”. Todo lo relativo a cómo operará el sistema para las candidaturas de independientes quedó en manos de la futura legislación.

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