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Reforma constitucional

Señor Director:

Creo que ha pasado prácticamente desapercibido un elemento de la mayor relevancia del borrador de la Nueva Constitución, que es el señalado en artículo 449, respecto a reforma constitucional. En efecto, dicha norma del borrador dispone que el 10% del padrón electoral podrá proponer reformas constitucionales, las cuáles se votarán conjuntamente con la elección presidencial siguiente, entendiéndose aprobadas con mayoría simple de votos.

Lo anterior relativiza bastante los acuerdos y mínimos comunes que alcanzaron el quórum de 2/3 en algunos temas relevantes y esenciales (p. ej., contenido del derecho de propiedad, existencia de una Cámara de las Regiones revisora de ciertos proyectos de ley, atribuciones de la Corte Constitucional, autonomía del Banco Central, patrocinio del Ejecutivo para proyectos de ley que irroguen gasto público, etc.), y no cabe ninguna duda que en un futuro tan cercano como la próxima elección presidencial de 2025, se podrán promover y someter nuevamente a discusión algunos temas populistas y extremistas, como la nacionalización de la gran minería del cobre, la eliminación del bicameralismo o la limitación de la autonomía del Banco Central, que no forman parte de la propuesta constitucional que se someterá a referéndum el próximo día 4 de septiembre.

Solo basta con recordar que los retiros de ahorros de los fondos previsionales, que con su efecto inflacionario han causado un severo daño a la economía de la población, se materializaron en su momento a través de sendas reformas constitucionales, por lo que resulta lógico pensar que los partidarios de dicha política volverán a promoverla a través de este mecanismo popular de reforma constitucional, considerando la alta aprobación de la que gozan los retiros en la ciudadanía en general.

En suma, el mencionado artículo 449 del borrador de Nueva Constitución es contrario a la certeza jurídica y abre las puertas a un insospechado ejercicio de populismo y activismo político nunca visto en Chile, cuyos efectos resultan difíciles de vislumbrar y pueden afectar severamente la estabilidad institucional de nuestro país, por lo que considero que es uno de los factores de mayor peso y más objetivos a considerar para decidir el voto en el próximo plebiscito de salida.

Ignacio Jiménez Gallegos

Abogado

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