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La misión e itinerario de los consejeros constitucionales rumbo a una nueva carta magna

Cristian Cáceres

Fueron elegidos en el país por votación popular los 50 consejeros constitucionales bajo sufragio universal y obligatorio, en el contexto de un segundo intento por redactar una nueva constitución, tras el fallido proceso anterior que terminó con el rechazo a la propuesta elaborada por la extinta convención.

El nuevo proceso comenzó en marzo pasado con la instalación, tanto de la Comisión Experta designada por el Congreso para la redacción del anteproyecto, como del Comité Técnico de Admisibilidad, a cargo de asegurar que en la futura Carta Magna se resguarden las 12 bases institucionales que fueron establecidas en el Acuerdo por Chile.

En la segunda etapa, que comenzó ayer, cada ciudadano eligió un consejero de preferencia de los 18 candidatos, en el caso de la Región de Ñuble. Una vez cerradas las urnas, dos personas fueron seleccionadas para integrar la instancia, en representación de la circunscripción 16.

El Consejo tendrá principio de paridad, es decir, se eligió igual número de mujeres que de hombres. Una vez concluido el proceso eleccionario y la propuesta de los expertos, la primera sesión de instalación del Consejo Constitucional se desarrollará en la sede del Congreso Nacional en la ciudad de Santiago, el 7 de junio de 2023.

Ese día el organismo deberá elegir la mesa directiva, compuesta por un presidente y un vicepresidente, la que será elegida en una sola votación. Será electo como presidente quien obtenga la primera mayoría. La segunda mayoría será electa como vicepresidente.

La tarea del consejero

El Consejo Constitucional tendrá como tarea discutir, aprobar, aprobar con modificaciones o incorporar nuevas normas al anteproyecto de la nueva Constitución, realizado por la Comisión experta, por el quórum de los tres quintos de sus miembros en ejercicio, sometiéndose la propuesta final a una aprobación del Consejo por el mismo quórum.

El Consejo despachará la propuesta dentro de los cuatro meses siguientes a su instalación. En esta instancia la Comisión Experta hará entrega de un informe en el que podrá formular observaciones al texto. Las propuestas deberán ser conocidas por el Consejo Constitucional y serán votadas según las reglas siguientes:

Se dará por aprobada cada propuesta contenida en el informe por un quórum de tres quintos de los miembros en ejercicio del Consejo Constitucional y será rechazará por un quórum de dos tercios.

Las propuestas contenidas en el informe que no sean aprobadas o rechazadas serán analizadas por una comisión mixta, conformada por seis miembros del Consejo Constitucional y seis miembros de la Comisión Experta, la que podrá proponer soluciones con el voto de los tres quintos de sus miembros en ejercicio. Dicho acuerdo deberá ser aprobado por el Consejo Constitucional, con el quórum de tres quintos.

Si no hay acuerdo en la Comisión Mixta, la Comisión Experta debe presentar una nueva propuesta al Consejo Constitucional, para que se pronuncie.

Una vez terminada la votación de cada norma que formará parte de la propuesta de nueva Constitución, se deberá aprobar la totalidad del texto por los tres quintos de los miembros en ejercicio del Consejo Constitucional.

El Comité Técnico de Admisibilidad funcionará como un “árbitro”, es decir, velará porque se cumplan las 12 bases institucionales o “bordes” que acordaron los partidos políticos en los diálogos iniciales de este nuevo proceso constituyente.

El Consejo Constitucional tiene un plazo de cinco meses, contados desde su instalación, para aprobar la propuesta de texto de nueva Constitución, la que deberá ser comunicada al Presidente de la República.

Una vez concluido ese paso, el mandatario deberá convocar, de los tres días siguientes a dicha comunicación, mediante un decreto supremo exento, a un plebiscito nacional constitucional para que el electorado se pronuncie sobre la propuesta final.

Se considera un periodo de propaganda electoral en el que los canales de televisión abierta deberán destinar gratuitamente 30 minutos diarios de sus transmisiones a propaganda electoral sobre este plebiscito, debiendo dar expresión a los partidos políticos que opten por una de ambas opciones contempladas en cada cédula, conforme a un acuerdo que adoptará el Consejo Nacional de Televisión y que será publicado en el Diario Oficial, dentro del plazo de 15 días contado desde la publicación de la convocatoria al plebiscito nacional.

Este plebiscito ratificatorio de salida se celebrará el 17 de diciembre de 2023 en el país con sufragio obligatorio.

En la papeleta del voto aparecerá la pregunta, “¿Está usted a favor o en contra del texto de Nueva Constitución?”. Abajo, habrá dos rayas horizontales. La primera de ellas, tendrá en su parte inferior la expresión “A favor”, y la segunda, la expresión “En contra”.

Si gana el voto a favor, se promulgará la nueva Constitución Política de la República. El texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los 10 días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia. A partir de esta fecha, quedará derogada la Constitución de 1980 que rige en la actualidad.

La nueva Constitución deberá difundirse y repartirse gratuitamente a todos los establecimientos educacionales, públicos o privados; municipalidades y bibliotecas municipales; Biblioteca del Congreso Nacional; Archivo Nacional; Biblioteca Nacional; universidades, y órganos del Estado. Además, deberá estar disponible en sitios web oficiales. Los jueces y magistrados de los tribunales superiores de justicia deberán recibir un ejemplar de la Constitución.

Condiciones de trabajo

El trabajo del Consejo Constitucional se regirá por un reglamento elaborado por las secretarías del Senado y de la Cámara de Diputados, el cual fue sometido a la discusión y aprobación de una comisión bicameral compuesta por nueve diputados y nueve senadores.

El reglamento contemplará mecanismos de participación ciudadana, que operará una vez instalado el Consejo Constitucional y será coordinada por la Universidad de Chile y la Pontificia Universidad Católica de Chile, a través de fórmulas que permitan la participación de todas las universidades acreditadas. Los mecanismos contemplarán la iniciativa popular de norma.

Los integrantes del Consejo Constitucional recibirán una dieta mensual de 60 unidades tributarias mensuales, además de las asignaciones que se establezcan exclusivamente para ser destinadas a la asesoría legislativa. Esas asignaciones serán administradas por un comité externo que determine el reglamento.

El Consejo Constitucional, la Comisión Experta y el Comité Técnico de Admisibilidad se disolverán, de pleno derecho, una vez aprobada la propuesta de nueva Constitución.

Las personas que se hayan desempeñado como integrantes del Consejo Constitucional, de la Comisión Experta o del Comité Técnico de Admisibilidad, no podrán ser candidatos a las próximas elecciones de Presidente de la República, diputado, senador, gobernador regional, consejero regional, alcalde y concejal. Asimismo, no podrán ser candidatos a ningún otro cargo de elección popular en la primera elección que corresponda a cada cargo que se cree en virtud de la nueva Constitución.

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