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Contraloría General deja sin efecto sumario contra alcalde

La Contraloría General de la República acogió la solicitud de reconsideración planteada por parte del alcalde de Chillán, Camilo Benavente, luego de ser notificado de un procedimiento disciplinario por parte de la Contraloría Regional, quien le imputó un total de 27 faltas graves y de menor entidad en su condición de jefe comunal.

Benavente, quien aseguró tener una lectura legal diversa a la que se desprende del informe del órgano regional, replicó con una solicitud de reconsideración en la Contraloría General, cuya respuesta llegó solo horas después de que el Tribunal Electoral Regional (TER) declarara admisible la denuncia por notable abandono de deberes que, amparada en el informe del contralor regional, presentaran los concejales Quenne Aitken, Joseph Careaga y Juan Pablo López.

Pese a que el proceso judicial en el TER debe seguir adelante, para la parte acusatoria, el que el contralor nacional dejara sin efecto el informe de primera instancia, asoma como un obstáculo para conseguir la carga probatoria que debe sustentar la denuncia.

Por ejemplo, en la resolución del nacional se lee que “no se advierte vulneración al deber de abstención”.

Además, ordena explícitamente que se deje sin efecto la orden de instruir un procedimiento disciplinario.

“Cabe señalar que del estudio de los antecedentes tenidos a la vista en esta oportunidad, es posible concluir que no se advierte vulneración de su parte al deber de abstención antes referido, razón por la que acoge en este aspecto la solicitud de reconsideración, dejándose sin efecto la orden de instruir un procedimiento disciplinario”, señala el informe.

Como era de esperar, el alcalde de Chillán se mostró conforme respecto al contenido del informe.

“Teníamos la certeza de que habíamos actuado conforme a la ley y que Contraloría, en su búsqueda por cautelar la probidad en los estamentos públicos, acogería lo planteado por nuestra defensa”, comentó Benavente a LA DISCUSIÓN.

Además, el jefe comunal, quien optó por no generar controversias respecto a la denuncia realizada por los tres ediles, ni por sus divergencias con lo establecido en el primer informe, dijo que el documento de Contraloría realiza una serie de recomendaciones respecto a procesos administrativos que se arrastran por décadas en la orgánica institucional, y que deben ser modernizados y acogidos.

“Muchas de las observaciones de Contraloría constituyen una oportunidad de mejora para nosotros, por lo que he mandatado a nuestros equipos para acogerlos y ponerlos en funcionamiento con celeridad, pues ofrece la posibilidad de desarrollar una municipalidad mejor para todos nuestros vecinos”, observó.

La causal numero seis

De todas formas, de las observaciones planteadas en el primer informe, sólo la causal seis, referida a la contratación de personas, podía eventualmente constituir un procedimiento disciplinario sobre el alcalde. Esto, sin perjuicio que la reconsideración de Contraloría es enfática al señalar que se deja sin efecto lo señalado en el primer informe.

Al respecto, la asesora del departamento de Jurídica, abogada Roxana Lizana, explica que “en efecto, hubo algunas irregularidades, por ejemplo, en el pago de algunos bonos a funcionarios municipales, y eso lo consignaba el informe del contralor, sin embargo, esos errores ya habían sido advertidos y los funcionarios devolvieron esos dineros de forma íntegra antes que se realizara la investigación del contralor”.

Las 27 acusaciones

Conforme a las denuncias presentadas por los concejales Aitken, Careaga y López, las 27 acusaciones presentadas ante el TER destacaban presuntas inhabilidades, mal uso de fondos públicos, contratación de personal a honorarios por sobre la cantidad de dinero permitida dentro del municipio y la contratación de financistas de campaña.

Hoy, la ley exige que “el quorum necesario para que se dé curso a este tipo de denuncias es de tres concejales y, precisamente, fueron tres los concejales quienes la presentaron. Con esto quiero decir que si el TER declaró admisible la denuncia es porque la presentación que hicieron mediante su abogado estaba correcta desde lo formal, pero es solo eso, la forma, ya que todavía no era momento para que el tribunal conociera respecto del fondo, que era lo que iba a proporcionar el sumario”, concluyó la abogada.

Felipe Ahumada

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