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Condenan a ex técnico de la UBB Chillán por el delito de abuso sexual

El Tribunal Oral en lo Penal de San Fernando, condenó al ex técnico de atletismo de la Universidad del Bío-Bío, Campus Chillán, Pedro Catalán, a 817 días de presidio menor en su grado medio, en su calidad de autor del delito de abuso sexual contra una atleta ñublensina, mayor de 14 años, de iniciales F.C.D.A, el 12 de febrero de 2016, en la comuna de San Fernando.

Al ex entrenador de atletas de la Región de Ñuble, que fue desvinculado de la UBB, también se le sancionó con la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Además, estará sujeto a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal, sujeción que consistirá en informar a Carabineros cada tres meses su domicilio actual, y cuyo incumplimiento configurará la conducta establecida en el artículo 496 Nº1 del código de castigo.

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También se le sancionó con la inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, por el tiempo de la condena.

Libertad vigilada intensiva

En su caso, se sustituyó la pena privativa de libertad impuesta por la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva. En consecuencia, deberá dar estricto cumplimiento a un programa de actividades orientado a su reinserción social, a través de una intervención individualizada y bajo las condiciones que se dirán y aquellas otras que indique el programa que el Tribunal apruebe, previa propuesta del delegado de libertad vigilada intensiva del Centro de Reinserción Social de Chillán, que es el correspondiente a su domicilio.

Durante el cumplimiento de esta pena sustitutiva, Pedro Catalán deberá residir en el domicilio indicado en la presente causa, sin perjuicio de poder cambiarlo si es autorizado previamente por Gendarmería; sujetarse al control y vigilancia del respectivo delegado a cargo de su plan de intervención; ejercer un oficio o empleo remunerado bajo las modalidades que determine dicho plan.

El tiempo de esta pena sustitutiva será el correspondiente a la referida condena privativa de libertad.

Finalmente, el condenado deberá pagar las costas de la causa.

“Se hizo justicia”

La víctima de este caso, confesó a La Discusión que sintió un alivio tras conocer la sentencia.

“Cuando mi abogado Juan Pablo López me comunicó esto, sentí que el haber hablado y contado lo que me hizo Catalán sirvió para que ya no vuelva a acercarse ni a robarle los sueños a ningún atleta. Hoy puedo decir, lo logré y llorar por sentir este alivio en el pecho, porque se hizo justicia. Lo que me hizo y el dolor que sentí nunca lo voy a olvidar, pero sí he aprendido a superarlo, todos los días me doy las gracias a mí  misma por ser valiente, guerrera y hablar”.

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