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¿Cómo trata el borrador a grupos eternamente postergados?

Jaime Castro

La propuesta de Nueva Constitución reconoce que Chile es un único país, indivisible, y al que pertenecemos todas y todos. Establece como principios básicos la igualdad sustantiva y no discriminación, la inclusión social y la integración.

La Constitución aparece como un mecanismo para reducir las desigualdades, en particular a grupos históricamente postergados y de especial protección.

En este pilar aparecen las propuestas que reconocen los derechos de las personas mayores, las personas con discapacidad y las niñas, niños y adolescentes.

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Un Chile inclusivo

Según la educadora diferencial, Magíster en Liderazgo, Gestión y Política Educativa de la UdeC, y actual directora de Educación de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Ñuñoa, Vivianne Alfaro; la actual Constitución de 1980 establece en el artículo 1 del Capítulo 1, que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, pero no estipula expresamente derechos y garantías para las personas con discapacidad.

“En Chile, un total de 2.836.818 personas tiene discapacidad, representando el 16,7% de la población nacional (ENDISC, 2015). Dicha población aún no puede gozar de sus derechos en igualdad de condiciones que las demás personas, debido a barreras sociales, del entorno, y limitaciones en la accesibilidad a las que se enfrentan día a día”, sostuvo.

Para la profesional, en el nuevo texto se establece “un Chile inclusivo que reconoce que somos un único país, indivisible y al que pertenecemos todas y todos; establece como principios básicos la igualdad sustantiva y la no discriminación, la inclusión social y la integración, reconociendo los derechos de las personas mayores, las personas con discapacidad, las niñas, niños y adolescentes, y los pueblos y naciones indígenas. Las personas con discapacidad tienen derecho a la accesibilidad universal, la inclusión social, su inserción laboral, y participación política, económica, social y cultural. Se deberán ejecutar políticas públicas que apunten a atender las necesidades de las personas con discapacidad, entre ellas, se considera la educación, la vivienda, la salud y el cuidado. Deben realizarse con la participación de personas con discapacidad y de organizaciones que las representen”, afirmó.

Por otro lado, agregó, “para facilitar y garantizar su comunicación y participación en sociedad, se reconoce el derecho a expresarse y comunicarse a través de sus lenguas y el acceso a mecanismos, medios y formas alternativas de comunicación, como el sistema braille y lengua de señas”.

Respecto del derecho de las personas mayores, Vivianne Alfaro recordó que en Chile hay 3.449.362 personas mayores (60 años y más), lo que representa un 18% de la población.

A su vez, la esperanza de vida al nacer ha aumentado más de tres años entre los quinquenios 2000-2005 y 2020-2025, al pasar de 77 años a 80,7 años (CEPAL, 2019; Naciones Unidas, 2019). El grupo de la población que más ha crecido en estos 20 años es el de las personas de 80 años y más, que pasó de 214.000 en 2001 a 561.000 en 2021, lo que significa un incremento del 162% (CEPAL, 2019). 

“La Constitución de 1980 no considera en lo absoluto el derecho de las personas mayores, la propuesta que votaremos en los próximos meses, establece el derecho a envejecer con dignidad, libres de maltrato, y a contar con prestaciones de seguridad social para una vejez digna. Además, reconoce su participación política y social, y el derecho de accesibilidad al entorno físico, económico, cultural y digital”, planteó, agregando que “por todo lo anteriormente detallado, el llamado es a apoyar un Chile inclusivo”.

“Ha habido un avance”

Según la ingeniero comercial y exdelegada provincial del Serviu Ñuble y exseremi de Desarrollo Social, Doris Osses; durante los últimos 20 años se ha hablado sobre los derechos de los niños, niñas y adolescentes de este país, sobre los derechos de los adultos mayores y sobre las personas con discapacidad.

“Sin duda hemos mejorado en cada uno de ellos. Hoy es tema fundamental en la nueva Constitución, respecto de los niños, niñas y adolescentes, se les reconoce su derecho a vivir en condiciones familiares y ambientales que permitan su pleno desarrollo. Estará consagrado el derecho a ser escuchados y protegidos contra toda forma de violencia, maltrato, abuso, explotación, acoso y negligencia. Se otorga máxima prioridad por parte del Estado a la erradicación de la violencia contra la niñez, la ley establecerá un sistema de protección integral que proteja los derechos de niñas, niños y adolescentes, de tal forma que se asegure la prevención de la violencia. A su vez, la Defensoría de los Derechos de la Niñez será un organismo autónomo con foco en difusión, promoción y protección de sus derechos, velando siempre por su interés superior y su autonomía progresiva”, aseveró.

Sin embargo, acotó Doris Osses, “los niños empiezan la vida como seres totalmente dependientes. Tienen que depender de los adultos para recibir los cuidados y la orientación que requieren para llegar a ser independientes. Lo ideal es que familiares adultos de los niños dispensen esos cuidados. Cuando los adultos responsables de la crianza de los niños no pueden satisfacer sus necesidades, corresponde al Estado, como principal garante de derechos, buscar alternativas que tengan en cuenta el interés superior del niño, sería por tanto importante incluir a los padres, tutores o Estado como garantes de sus derechos, hasta lograr la vida independiente”.

Respecto de los adultos mayores, dijo “si bien es cierto, la nueva Constitución establece derechos explícitos para este grupo etario importante en nuestro país, nada dice de su protección cuando el adulto mayor pasa a ser un adulto mayor no autovalente, en que debe depender de que los hijos, hijas o parientes consanguíneos vivos más cercanos, o a falta de ellos el Estado; puedan hacerse cargo de ese adulto mayor, entregando requerimientos máximos para su estadía en la última etapa de la vida, una seguridad social”.

Respecto de las personas con discapacidad, “si bien es cierto, solo en los últimos cuatro años han sido visibilizados, dándoles un espacio antes ignorado, la nueva Constitución establece algunos derechos explícitos. Algunos de ellos ya se estaban aplicando y considerando en las políticas publicas de nuestro país, a través de los Ministerios de Gobierno, pero falta lo más importante de mencionar, que es el derecho de las personas con discapacidad a ser protegidas y tener una persona a su cuidado, y de no tenerla, que el Estado la provea”.

Doris Osses detalló: “quiero agradecer a cada uno de los constituyentes por su esfuerzo en la redacción de este nuevo texto, pero no puedo dejar de mencionar que se perdió una gran oportunidad, dado que si bien la gran mayoría quiso una nueva Constitución, los resultados y augurios lejos de aunar con este nuevo texto, profundizan la división en nuestra ciudadanía. Estamos cambiando un texto que divide, por otro que divide, y no uno que unifique, que era lo que todos queríamos como país”.

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