Actualmente, alrededor del 35% de los habitantes mayores de 18 años en el país cuenta con una deuda morosa.
El director de Chiledeudas.cl, Guillermo Figueroa, destacó que el valor promedio de los incumplimientos financieros bajara 7,3% hasta $1.550.608 y que la relación ingresos-deuda con cartera vencida disminuye de 3,5 a 3,4 veces en comparación a igual período de 2020.
Pero aun así es un problema para muchos.
Consultamos al abogado fundador del Grupo Defensa, Ricardo Ibáñez, para que explicara los escenarios para acreedores y deudores
Sobre cuáles son los plazos para cobrar judicialmente, Ibáñez recordó que cuando un deudor se atrasa en el pago de sus obligaciones el acreedor puede recurrir a diferentes formas de cobranza para exigir que se cumpla con una deuda impaga. Aunque se debe considerar que existen plazos legales, es decir, que una deuda atrasada no puede ser cobrada eternamente, por esta razón se habla del concepto de Prescripción de deudas.
“Se suele decir que las deudas prescriben, aunque lo que realmente prescribe es la acción que tiene el acreedor para cobrar judicialmente una deuda atrasada. El tiempo puede variar entre 1 a 5 años, dependiendo del tipo de documento en el cual consta la deuda, por ejemplo, un pagaré, un cheque, un mutuo, etc”, planteó el abogado.
– ¿Todas las deudas pueden prescribir?
– Por regla general todas las acciones prescriben. Es decir, todas las acciones ejercidas para cobrar deudas podrían prescribir. Sin embargo, esto depende de diversos factores. Dicho esto, las acciones de cobranza pueden prescribir en distintos plazos, pero nunca en un plazo superior a 10 años contados desde que la obligación se ha hecho exigible.
Es importante distinguir que ciertas acciones son imprescriptibles, aunque estas sean muy excepcionales. Un ejemplo es la acción de los hijos para pedir alimentos. A pesar de que existe un límite de edad para que los hijos lo soliciten, jurídicamente hablando se trata de una prescripción. Otro ejemplo sería la deuda previsional. Lo importante a considerar en este caso, es que cuando una acción es imprescriptible esto debe estar consagrado en la ley, ya que la regla general es la prescriptibilidad de las acciones y derecho
– ¿La prescripción es automática?
– Para que tenga validez la prescripción debe ser alegada como acción o excepción y declarada por un tribunal y el deudor debe gestionarlo a través de un abogado.
– ¿Qué pasa cuando una deuda está prescrita?
– Si un tribunal declara que una deuda se encuentra prescrita esta obligación se torna incobrable y el deudor no está obligado al pago. Además, en caso de por ejemplo enfrentar un juicio de cobranza podría defenderse si es que la deuda por la que demandaron está prescrita.
– ¿Si la deuda prescribe puedo salir de Dicom?
– Si un tribunal declara que la deuda se encuentra prescrita, el deudor podrá pedir que sus datos sean eliminados del boletín comercial o de Dicom por dicha obligación. No hay que olvidar que desde que deja de pagar una deuda existen una serie de mecanismos que el acreedor puede desplegar para obligar el pago de este compromiso, como los llamados de cobranza y una demanda, gestión en la que puede arriesgar el remate de sus bienes. Por eso es importante actuar en forma oportuna, asesorarse y si cree que su deuda está prescrita tramitar esta gestión en tribunales con un abogado para que tenga validez.
Texto: Javier Ochoa (Diario Concepción)