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Ñuble: Solo un 16% de los deudores de pensiones cumplen con los pagos

Las retenciones del 10% de los fondos previsionales, autorizados como medidas paliativas por la crisis económicas causadas por la pandemia del coronavirus, revelaron que el porcentaje de deudas por pensiones alimenticias existentes en el país eran de tal magnitud que fue necesario que el Poder Legislativo debiera intervenir modificando la ley 14.908, a fin de crear lo que a partir de ayer opera como el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

El objetivo es poder compeler de manera efectiva a quienes están legalmente obligados a pagar.

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Cuando, en 2020, se autorizó el primer retiro del 10%, en Chile se presentaron cerca de 480 mil escritos para retener en favor de las pensiones impagas, esos retiros. De ese total, se estima que en Ñuble las solicitudes se empinaron por sobre los 15 mil escritos (en los tres retiros) lo que derivó en sobre 11 mil órdenes judiciales de pago.

Sin embargo en Ñuble -a semejanza de lo que se observa en el resto del país- el porcentaje de las personas que cumplen con el pago, más allá de las retenciones, representan un grupo que, conforme la seremi de la Mujer y Equidad de Género, Cristina Martin, no superaría al 16%.

“Es importante que este nuevo proceso de pagos permita un sistema de cobros que garanticen dignidad y justicia. Tenemos que entender que esto no es algo que se puede hacer con liviandad, sobre todo porque lo que se busca es el bienestar de los niños”, comentó la seremi.

Estadísticas de esa secretaría regional demuestran que un 87% de estas solicitudes son demandadas por mujeres y que “solo el 16% se pagan de manera efectiva, lo que no nos puede dejar indiferentes como Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género”.

Deudas en UTM

Esta nueva ley, la 21.389, por los resultados a los que apunta, ha sido comentada y analizada ampliamente por los propios actores del Poder Judicial, en especial en los tribunales de Familia.

La magistrado Ivonne Concha, del Juzgado de Familia de Quirihue, apunta a la serie de medidas coercitivas que contempla la ley para quienes incumplan por tres meses seguidos o por un histórico de cinco meses, destacando que los pagos, además, deben ser en “UTM para asegurar su debida ajustabilidad, dispuso que desde el 28 de noviembre del 2022 se realicen liquidaciones mensuales por parte del tribunal, pero no solo a petición de partes como sucedía antes”.

La magistrado, Carla Palomera, del Juzgado de Familia de Chillán, junto con destacar la larga lista de efectos negativos que contempla la ley para quien no pague, comentó que “si es que hay dudas sobre si los tribunales estamos preparados para aplicar esta ley, la respuesta es que más que eso, estamos obligados”.

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Felipe Ahumada

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