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Condenan a 18 años de cárcel a acusados por crimen de dentista cubano

El Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Chillán dio a conocer este sábado la sentencia condenatoria contra Clara González y Rolando Villagrán, acusados por la muerte del dentista cubano Reinier Sánchez González, cuyo cuerpo fue hallado desmembrado y en bolsas de plástico, el 3 de agosto de 2021, en el río Perquilauquén, en la región de Ñuble.

Cada uno de los acusados fue condenado una pena de 18 años de presidio por el delito de homicidio calificado. “Clara González y Rolando Villagrán, cumplirá cada uno la pena privativa de libertad de 18 años de presidio mayor en su grado máximo como autores del delito consumado de homicidio calificado perpetrado entre los días 4 y 5 de julio de 2021, en algún lugar del territorio nacional ubicado entre las comunas de Lampa, en la región Metropolitana y de Ñiquén, en la región de Ñuble, en contra de la víctima Reinier Sánchez González”, explicó la magistrada María Paz González del TOP de Chillán.

Adicionalmente, Rolando Villagrán cumplirá la pena privativa de libertad de 800 días de presidio y una multa de 12 UTM por el delito de ejercicio ilegal de la profesión de dentista, entre los años 2017 a 2021 en la comuna de Lampa.

Además, fueron acogidas las demandas civiles interpuestas por la madre y el hermano de Reinier Sánchez, por $125 millones. “Se hace lugar a la demanda de indemnización de perjuicio por daño moral, se condena a los encausados Clara González y Rolando Villagrán a pagar a favor de los demandantes Ela González Suárez y Carlos Sánchez la suma de $50 millones de pesos para cada uno, por concepto de daño moral y a pagar la suma de $25 millones de pesos en favor del demandante Javier Sánchez González por concepto de daño moral”, agregó la magistrada Paz González.

De acuerdo al tribunal, la causa de muerte del dentista cubano fue la asfixia por estrangulación causada por un tercero. Los condenados “actuaron con premeditación”, pues la mujer en coordinación con el hombre “realizó la compra de elementos utilizados para el desmembramiento y ocultamiento posterior del cuerpo de la víctima”.

El tribunal resaltó que gracias a pericias realizadas a los teléfonos celulares de la víctima y de los victimarios se logró establecer que todos viajaron juntos hasta el río Perquilauquén, donde fue botado el cuerpo desmembrado, para regresar los autores de este crimen, durante la misma noche, a Lampa. Otras pericias establecieron la existencia de sangre en el vehículo de la acusada, “el que fue lavado posteriormente para borrar evidencias, sin éxito”.

Tras la muerte del dentista, familiares y amigos de éste recibieron mensajes, en los que supuestamente el ciudadano cubano anunciaba que se iba al sur en búsqueda de empleo. Dichas comunicaciones a través de WhatsApp “fueron implantadas por los acusados”, precisó el tribunal.

El tribunal también explicó que “se logró establecer una relación sentimental extramarital de los acusados y, paralelamente, el ofendido, Reinier Sánchez, mantuvo por un tiempo una relación sexo afectiva con la acusada Clara González, lo que generó roces y discusiones con Villagrán, quien además es descrito, por los oponentes, como una persona violenta”.

La resolución también precisó que el negocio de la clínica dental de los acusados “se vio amenazado por las declaraciones del propio Reinier Sánchez, en orden a develar las irregularidades que se cometían en ésta, pudiendo establecerse motivaciones económicas y de celos, por parte de los acusados, para causarle la muerte”.

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