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Cambios en modalidad de excusas para no votar

Este sábado, el Servel informó la nómina de quienes deberán efectuar la labor de vocales de mesa para el Plebiscito Constitucional de este 17 de diciembre, junto con ello, entregó varios detalles del proceso, que esta vez tendrá carácter de obligatorio.

Por un lado, se señaló que los vocales designados tendrá desde el lunes 27 al miércoles 29 de noviembre (ambos días inclusive) para presentar sus excusas ante la Junta Electoral que corresponda, si por alguna de las causales contempladas por la ley no pueden ejercer esa labor.

Sin embargo, esto no será igual para quienes se quieran excusar por no votar, ya que en ocasiones anteriores se debía acudir el mismo día de la elección a carabineros para presentar la excusa, por ejemplo, para las personas que se encontraban a más de 300 kilómetros de votación.

En esta oportunidad, las personas que no voten serán citados posteriormente a un Juzgado de Policía Local, donde deberán justificar sus motivos para no sufragar frente al juez, quien determinará si la excusa es procedente o no.

No incurrirá en la sanción por no asistir a votar la o el elector que haya dejado de cumplir su obligación por: Enfermedad, Ausencia del país o Encontrarse el día de la elección en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquel en que se encuentre registrado su domicilio electora

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