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Gobiernos Regionales deberán publicar en sus sitios web los convenios realizados

Cristian Cáceres

Con la aprobación final del Senado al informe que la Comisión Mixta presentó tras resolver diferencias en 13 materias erarias, el proyecto de Ley de Presupuesto 2024 quedó listo para ser promulgado ley.

En su comparativa con años anteriores, la norma jurídica despachada por el Congreso para el 2024 contiene una serie de nuevas restricciones y obligaciones para las alianzas entre privados y Estado, como también nuevas disposiciones que los Gobiernos Regionales deberán seguir al pie de la letra.

Entre ellas, están las enfocadas en Gores. Por ejemplo, ahora toda la oferta programática deberá ser revisada por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia (Mideso), como también que todos los convenios que las instituciones regionales sostengan con entidades privadas sin fines de lucro, deberán ser subidos a los respectivos sitios web de los Gores, explicitando todos los detalles de la alianza, como trabajadores de la organización, objetivo del proyecto, monto asignado, etc.

Estas nuevas disposiciones que deberán seguir los gobiernos regionales corresponden a una causa colateral de lo que produjo el Caso Convenios: más normas para resguardar los recursos fiscales. Y, además, según comentan algunos congresistas, se condice con las propuestas que la Comisión Investigadora por el Caso Convenios de la Cámara Baja emitió en su informe final.

En el marco del despacho de la Ley de Presupuesto 2024, hay acontecimientos relacionados al contexto del Caso Convenios que llegaron a coincidir durante las últimas horas: la detención de Camila Polizzi y otras cuatro personas (dos de ellas, exfuncionarios públicos del GORE Biobío) como el mismo despacho del Informe Final de la Comisión Investigadora de la Cámara de Diputadas y Diputados.

Nuevas reglas

En el artículo 22 del Proyecto de Ley de Presupuesto 2024 se explica que toda entidad privada, para lograr recursos, ergo, lograr la asignación de un proyecto, deberá ser mediante concurso público; a excepción de cuando no existan oferentes y si solo hay una persona jurídica como posible beneficiario o ejecutor de los recursos.

En el artículo 23, prosigue, toda institución privada que busque ejecutar un proyecto -y sus respectivos recursos- deberá indicar su objeto social; estas no podrán establecer compromisos que excedan el ejercicio presupuestario; las rendiciones de cuentas se realizarán a través del Sistema de Rendición Electrónica de Cuentas de Contraloría; el receptor deberá acreditar haber cumplido con las obligaciones pactadas; deberán incorporarse una cláusula a los contratos que exija la restitución de los recursos si estos son usados en un fin distinto al proyecto formulado, etc.

Además, a todo esto, se suma que las instituciones privadas que suscriban convenios deberán constituir una o más garantías a favor del órgano público con quien efectuó el convenio, con el fin de resguardar el cumplimiento de los objetivos, pero siempre y cuando el monto total de los recursos transferidos supere las mil UTM ($63.960.000).

Para los gobiernos regionales, las nuevas indicaciones son sustantivas. Por ejemplo, ahora se requerirá siempre la aprobación del Consejo Regional para asignar recursos de los Programas de Funcionamiento y de Inversión. Como también que todas las resoluciones de modificación presupuestaria de los programas de inversión estarán sometidas a toma de razón por parte de la Contraloría.

A ello, y quizás una de las más criticadas por los gobernadores regionales, corresponde a que toda la oferta programática de los Gores respectivas al presupuesto de inversión (subtítulo 24), estará sujeta al Sistema de Evaluación y Monitoreo del Mideso y de la Dirección de Presupuestos (Dipres). Solo se eximirán aquellos programas en ejecución y aquellas subvenciones asociadas al Concurso de Vinculación con la Comunidad (el 8%).

A esto se suma que otra de las indicaciones para los Gore en la Ley de Presupuesto 2024 corresponde a que cada Gobierno Regional deberá, de forma trimestral, públicas en su sitio web e informar a senadores y diputados de la respectiva región, todos los proyectos adjudicados o contratados con cargo a la oferta programática de los subtítulos 24, 31 y 33.

En dicha información deberá consignarse, y a modo individual, el nombre del proyecto, el monto estimado, los postulantes, la pauta de evaluación, postulante seleccionado y presupuesto aprobado, y la votación de consejeros regionales en comisiones y en el Consejo Regional.

Texto: Diario de Conbcepción

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