Un veredicto condenatorio obtuvo esta tarde la fiscal jefe de San Carlos, Tamara Cuello Peña, para Rolando Villagrán Retamal y Clara González Figuera, quienes desde el 2 de este mes enfrentaron un juicio oral por el homicidio calificado del dentista cubano Reinier Sánchez González, cuyo cuerpo fue hallado desmembrado y en bolsas de plástico, el 3 de agosto de 2021, en el río Perquilauquén, en la Región de Ñuble.
El Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Chillán dará a conocer su sentencia el jueves 26 de este mes, día en que la Fiscalía de San Carlos espera que las condenas sean de presidio perpetuo para ambos acusados. Éstos, tenían una relación de pareja y eran dueños de una clínica dental, en Lampa, Región Metropolitana, donde la víctima se desempeñó como dentistas hasta abril de 2021.
El juez presidente de la tercera sala del TOP de Chillán, Ricardo Piña Vallejos, leyó el veredicto, el que fue unánime, y destacó que el crimen fue cometido “entre los días 4 y 5 de julio de 2021, en algún lugar del territorio nacional ubicado entre las comunas de Lampa, en la Región Metropolitana, y la de Ñiquén, en la Región de Ñuble”.
El tribunal arribó a la convicción de que “la causa de muerte fue la asfixia por estrangulación causada por tercero”. Y agregó que los condenados “actuaron con premeditación”, pues la mujer en coordinación con el hombre “realizó la compra de elementos utilizados para el desmembramiento y ocultamiento posterior del cuerpo de la víctima”.
El tribunal resaltó que gracias a pericias realizadas a los teléfonos celulares de la víctima y de los victimarios se logró establecer que todos viajaron juntos hasta el río Perquilauquén, donde fue botado el cuerpo desmembrado, para regresar los autores de este crimen, durante la misma noche, a Lampa. Otras pericias establecieron la existencia de sangre en el vehículo de la acusada, “el que fue lavado posteriormente para borrar evidencias, sin éxito”, dijo el magistrado Piña.
Tras la muerte del dentista, familiares y amigos de éste recibieron mensajes, en los que supuestamente el ciudadano cubano anunciaba que se iba al sur en búsqueda de empleo. Dichas comunicaciones a través de WhatsApp “fueron implantadas por los acusados”, precisó el tribunal.
El tribunal también explicó que “se logró establecer una relación sentimental extramarital de los acusados y, paralelamente, el ofendido, Reinier Sánchez, mantuvo por un tiempo una relación sexo afectiva con la acusada Clara González, lo que generó roces y discusiones con Villagrán, quien además es descrito, por los oponentes, como una persona violenta”.
La resolución también precisó que el negocio de la clínica dental de los acusados “se vio amenazado por las declaraciones del propio Reinier Sánchez, en orden a develar las irregularidades que se cometían en ésta, pudiendo establecerse motivaciones económicas y de celos, por parte de los acusados, para causarle la muerte”.
Rolando Villagrán también fue condenado por el delito de ejercicio ilegal de la profesión, pues se desempeñó como odontólogo, entre 2017 y 2021, sin tener el título de dicha profesión. Por este delito, la Fiscalía le está pidiendo otra pena de 5 años de presidio.
El TOP de Chillán acogió, además, la demanda civil de indemnización de perjuicios por daño moral deducida por los querellantes, es decir, los padres y hermano de la víctima.
La fiscal Tamara Cuello destacó que el tribunal “recogió la teoría del caso de la Fiscalía, asumiendo que todos aquellos indicios que fueron reunidos durante la investigación son suficientes y serios para estimar que los acusados son los autores de este homicidio”.
Acotó que “en esta audiencia la Fiscalía ratificó su petición de presidio perpetuo para ambos, considerando fundamentalmente la extensión del mal causado, la forma en que fue encontrado el cuerpo y cómo se ocultó, y lo que esto significó para la familia y para el entorno cercano de Reinier”.