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Corte revoca arresto domiciliario y ordena la prisión preventiva de Rodrigo Carmona

Cristián Cáceres

La Corte de Apelaciones de Chillán revocó este martes 9 de enero la resolución impugnada y ordenó la prisión preventiva del empresario  Rodrigo Andrés Carmona Olivarez, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos de estafa, soborno y violación de secreto. Ilícitos perpetrado en el marco de procesos de licitación de cuentas bancarias realizados por diversos municipios del país, durante 2022.

En fallo unánime (causa rol 8-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Érica Pezoa, Paulina Gallardo y Antonella Farfarello– revocó la resolución dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Bulnes, el 28 de diciembre recién pasado.

“(…) esta Corte de conformidad a los parámetros establecidos en el artículo 140 del Código Procesal Penal, al momento de pronunciarse sobre el régimen cautelar, debe necesariamente considerar la gravedad de la pena asignada a los delitos y la naturaleza de los mismos, a lo que se añade en el caso de autos, que Carmona Olivarez participa de manera activa en la planificación y ejecución de las conductas ilícitas, para lo cual involucra a particulares y funcionarios públicos logrando con ello, acceder a convenios con diversas municipalidades de la región, afectando el recto funcionamiento de la administración pública, propiciando un lucro ilegítimo”, consigna el fallo.

La resolución agrega que: “En conclusión, en el caso de Rodrigo Carmona, la medida cautelar de prisión preventiva es la única que resulta eficaz y suficiente para asegurar los fines del procedimiento. Sin perjuicio del devenir de la investigación en cuanto a la referencia efectuada por el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado a eventuales futuras formalizaciones”.

Según el ente persecutor, mediante una investigación que incluyó la interceptación de teléfonos y seguimientos, se logró detectar que el imputado se concertó con representantes de diversos municipios para adjudicarse irregularmente procesos de licitación de cuentas bancarias de las casas edilicias.

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