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Corte ratifica condena de 10 años por homicidio y porte ilegal de arma de fuego en población Rosita O’Higgins

La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Felipe Manuel Sandoval Sepúlveda, confirmando la sentencia que lo condena a 10 años y un día de presidio por homicidio simple y a 3 años y un día por porte ilegal de arma de fuego. Los hechos ocurrieron en octubre de 2021 en la comuna.

En un fallo unánime (causa rol 458-2023), la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Guillermo Arcos, Claudio Arias y el abogado (i) Gumercindo Quezada, ratificó la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán dictada el 7 de agosto pasado.

La defensa argumentaba que el arma no fue encontrada, sin embargo, la Corte señaló que el hecho de que el acusado portara un arma de fuego es un hecho no cuestionado y que fue con esta arma que disparó a la víctima, causándole heridas mortales.

El tribunal de primera instancia estableció que el 12 de octubre de 2021, alrededor de las 22:30 horas, en la población Rosita O’Higgins de Chillán, Felipe Sandoval Sepúlveda disparó en dos ocasiones contra Francisco Javier Baeza Scavia debido a problemas previos. La víctima resultó mortalmente herida en la región toracoabdominal y falleció horas después en el Hospital de Chillán.

Sandoval Sepúlveda no tenía permiso de porte o tenencia de arma de fuego, lo que llevó a la condena por porte ilegal de arma en este caso.

Con esta ratificación de la sentencia, Sandoval Sepúlveda deberá cumplir la pena de 10 años y un día de presidio por homicidio simple y 3 años y un día por porte ilegal de arma de fuego, tal como fue determinado en el fallo inicial.

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