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CGE responde a chillaneja que recibió cuenta de luz por más de $400 mil

Una vecina del sector Santa Elvira manifestó su sorpresa ante una alta suma de dinero que deberá cancelar por su cuenta de la luz tras el cambio de un medidor.

En su boleta actual figura el cobro de $442.600 pesos, el que fue cuestionado por la chillaneja y lo calificó como un “cobro excesivo”.

“Dijeron que era por consumo no registrado desde el 5 de septiembre del 2017 al 4 septiembre 2018. Cosa que no es efectiva, ya que entre esos meses al llegar la boleta la deuda era 0,  llamábamos a la CGE preguntando por qué no nos cobraban el consumo ya que nos parecía rara la situación”

“Ellos respondían que no se hacía cobro porque tenía un excedente o dinero a favor por cobros que se habían hecho el año anterior. Pensamos que como habíamos pagado el invierno anterior una alta factura por consumo, de allí provenía eso que decían”, sostuvo.

Anterior al cobro elevado, la empresa tuvo que efectuar un cambio de medidor, ya que las cuentas anteriores de Joseline aparecía con cobro $0, lo que apuntaba a una presunta falla en el equipo que no estaba registrando el consumo. Por lo que hicieron el cambio en octubre pasado.

“El tema es que no vinieron a ver a ver el medidor a penas vieron que tenía cobro 0 ni cuando llamamos al respecto y nos dijeron que estuviéramos tranquilos,  porque era una devolución de dinero que se descontaba de la cuenta. Esperaron varios meses para venir y cambiar el medidor”, dijo la chillaneja, quien alegó que no hubo una inspección durante ese tiempo.

Tras la denuncia, que se viralizó por redes sociales, la Compañía General de Electricidad respondió a su cliente,  emitiendo un comunicado.

“Ante consulta de un cliente de Chillán sobre cobros por concepto de Consumos No Registrados o CNR, CGE informa que en Resolución Exenta N°1952 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles faculta a las empresas distribuidoras para efectuar el cobro de consumos de energía eléctrica no registrada correctamente, ante fallas internas del medidor de manera retroactiva. La falla del equipo de medida debe ser acreditada por un organismo o laboratorio de certificación (OLCA) autorizados por la SEC”, informaron  a La Discusión.

Agregan “las facturaciones de consumos no registrados o erróneamente registrados de energía, se harán por el período de tiempo que se pueda acreditar suficientemente ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles”.

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