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Voto obligatorio: ¿Cuáles son las excusas para no sufragar?

Luego que el pasado sábado el Servicio Electoral publicara las nóminas de vocales de mesa y los nuevos locales de votación para el plebiscito del 4 de septiembre; han surgido dudas respecto del carácter del proceso electoral que vivirá el país.

A diferencia de los últimos trece años, la jornada constitucional será obligatoria. Es decir, está convocada la totalidad del padrón, que en Chile y el extranjero supera los 15 millones de electores.

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Aldo Valenzuela, director regional del Servel, puso énfasis en este aspecto.

“El próximo 4 de septiembre, todos los ciudadanos chilenos y extranjeros inscritos en los registros electorales tendrán la obligación de participar en el plebiscito Constitucional, aportando con su voto a la definición de si se aprueba o rechaza la propuesta de una nueva Constitución para Chile. Es muy probable que su local de votación haya cambiado, así como el número de su mesa, por lo que Servel invita a la ciudadanía a revisar su información electoral en www.servel.cl, donde podrá encontrar toda la información respecto de dónde emitir su sufragio”, aseveró.

Por el carácter de obligatorio del sufragio, quienes no concurran a votar serán sancionados con multas a beneficio municipal. Sin embargo, la ley establece algunas excepciones, las que deben acreditarse, según informó Aldo Valenzuela.

“Existe la posibilidad de excusarse por no poder votar, lo que debe ser acreditado documentalmente. Las causales de excusa son las siguientes: estar enfermo(a); fuera del país; impedido(a) gravemente de acudir, lo que debe ser comprobado; ejercer funciones electorales; o estar a más de 200 kilómetros de distancia del domicilio electoral, para lo cual se debe dejar constancia en Carabineros el mismo día de la elección”, manifestó.

Quienes no sufraguen el próximo 4 de septiembre, serán citados con posterioridad por su respectivo Juzgado de Policía Local para presentar sus excusas y comprobaciones documentales. Si no se logra acreditar el motivo de la no concurrencia; el juzgado podrá aplicar una multa que va desde las 0,5 UTM hasta las 3 UTM, es decir, desde los $30 mil hasta los $180 mil, aproximadamente.

Vocales de mesa

El director regional del Servel también se refirió al nombramiento de los vocales de mesa, y a las excusas que se pueden dar ante las Juntas Electorales para no cumplir dicho rol, acción para la cual el plazo vence hoy jueves.

Éstas son: estar comprendido(a) en las causales de inhabilidad (cargos públicos y de elección popular); estar ausente del país, o en una localidad distante a 300 kilómetros; tener que desempeñar el mismo día otras funciones encomendadas por ley; tener 60 ó más años -personas mayores de 60 años siempre podrán ofrecerse voluntariamente para ejercer como vocal de mesa-; estar física o mentalmente inhabilitado(a), lo que deberá acreditarse con certificado médico; cumplir funciones en establecimientos hospitalarios; mujeres embarazadas durante todo el período de gestación; padre o madre de un hijo o hija de menor de dos años al día 4 de septiembre de 2022; estar al cuidado de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).

Las excusas deberán ser formuladas por escrito, ya sea de forma presencial o vía correo electrónico, ante el secretario de la junta electoral respectiva. En el caso de la región, éstas se ubican en: Ñuble, Bulnes 610, Chillán; Yungay, Arturo Prat 233; Quirihue, Independencia 499; Bulnes, Ramón Freire 320 y San Carlos, Maipú 726.

En tanto, el próximo sábado 20 de agosto, el Servicio Electoral publicará los listados con los vocales de mesa reemplazantes, nóminas que no serán apelables.

Los vocales de mesa o miembros de colegios escrutadores que no concurran a cumplir con sus funciones arriesgan multas que van de 2 a 8 UTM (de $ 117.544 a $ 470.176).

Si un vocal designado no concurre a cumplir su función, puede ser citado por el Juzgado de Policía local. Es en esa instancia donde debe presentar la documentación necesaria para justificarse ante el juez.

 

 

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