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Tras casi cuatro años TER absolvió al exalcalde Felipe Aylwin acusado por faltas graves en materia de probidad

Mauricio Ulloa

Tras casi cuatro años de litigios en el Tribunal Electoral Regional (TER) esta sede arbitral falló de manera absolutoria y por unanimidad (3 votos contra cero) a favor del exalcalde de Chillán Viejo, Felipe Aylwin, a quien se le abrió una investigación administrativa por acusaciones de notable abandono de deberes y de faltas graves en materia de probidad.

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El fallo del TER, de fecha 17 de febrero de este año, motivó una declaración por parte del otrora jefe comunal chillanvejano, la que tuvo un evidente tono de desahogo.

“Este fallo termina un ciclo de ataques e injurias que me hicieron durante el periodo en que fui alcalde de la comuna de Chillán Viejo. Aún cuando fue difícil gobernar con esta miseria humana, recuerdo con cariños a todas y todos los chillanvejanos”, dijo.

Pese a que en la solicitud de remoción promovida por los concejales Jorge del Pozo (actual alcalde de la comuna), Patricio San Martín, Pablo Pérez, Susana Martínez y Alejandra Martínez, se le atribuían 24 infracciones, entre ellos el gasto de más de 103 millones de pesos en pagos a proveedores sin orden de compra ni contratos; la contratación de funcionarios sin la aprobación del concejo o incluso aprobar licitaciones sin el visto bueno del cuerpo edilicio, todas ellas fueron desestimadas por el TER.

“Mis manos siempre han estado limpias y mi corazón dispuesto a trabajar por el bien común de cada uno. Agradezco a cada uno de los chillanvejanos quienes estuvieron permanentemente preocupados de mi persona, y decirles que estoy cien por ciento recuperado”, contestó, haciendo alusión además a su estado de salud, tras una delicado trasplante de riñón, en 2019; y de estar hospitalizado por Covid 19, en 2021.

Respecto a las imputaciones por notable abandono de deberes, destacaban el no haber invitado a parte de las autoridades comunales a la Cuenta Pública de 2014 o el no haber ganado litigios en favor del municipio, entre otros hechos consignados en la acusación.

Sin embargo, dentro del fallo del TER se lee de manera explícita en el punto 17, que “los cargos presentados en contra del requerido (y en la forma que han sido imputados) no reúnen los requisitos y condiciones necesarias para configurar el notable abandono de debes e infracción grave a las normas de probidad administrativa, toda vez que, no basta con que pueda existir un germen de falta de una adecuada gestión municipal, sino que será necesario además, que los vicios e irregularidades eventuales deben contar con la entidad y gravedad necesarias para provocar un daño o detrimento al adecuado ejercicio de las funciones municipales”.

Influencia del fallo penal

Dentro de las impugnaciones que conformaba esta solicitud de remoción, muchas de las acusaciones eran las mismas que componían la carpeta de investigación fiscal, con que el Ministerio Público generó una causa por fraude al fisco que llegó al Tribunal Oral en lo Penal de Chillán, y que tuvo como imputados al exjefe comunal y a otros nueve funcionarios, más dos particulares, en junio de 2019.

Entre ellas se pueden contar el gasto no respaldado de millones de pesos en banquetería, compras de tortas, producción de eventos, calzados escolares y hasta la polémica contratación de Lya González como jefa protocolar, y por quien caían las sospechas de ser operadora política.

Acusaciones todas desestimadas por el Tribunal Oral en lo Penal, que no sólo resolvió de manera absolutoria en contra de los imputados, sino que además condenó a la Fiscalía y al Consejo de Defensa del Estado (querellante) a pagar las costas de las causa.

A juicio del abogado Gabriel Osorio, representante de Aylwin en la causa del TER, este fallo preliminar en su arista penal fue preponderante para la resolución.

“Los cargos formulados no reunían ninguno de los requisitos, ni jurisprudenciales ni legales para determinar la responsabilidad de mi representado en las faltas que se le imputaban. Si no hubo acreditación de culpabilidad en materia penal, tampoco se habría podido acreditar responsabilidad administrativa”, reflexionó.

En este caso, el TER no condenó a la contraparte al pago de las costas de la causa.

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Felipe Ahumada

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