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Responsabilidad previsional intergeneracional

La reforma al sistema de pensiones es uno de los desafíos que tendrá el mayor impacto para las futuras generaciones. Una buena parte de la población actual no alcanzará a ver sus efectos en vida, pero su descendencia directa heredará lo que hoy día construyamos en materia previsional.

Los derechos del recién nacido será uno de los temas del análisis de la Convención Constituyente. La carta magna debiese explicitar que los niños y niñas de nuestro país deben gozar de los beneficios de la seguridad social. Del mismo modo, debe garantizar que cuando alcancen la edad de jubilación, podrán gozar de los beneficios de una pensión digna como parte de la política de Estado en materia de seguridad social.

En este sentido la responsabilidad intergeneracional de la sociedad es una materia poco desarrollada en el país que debiese tener mayor presencia en las materias normativas de la política pública. Al igual como ocurre con el ahorro para la pensión de vejez, las personas valoran el traspaso de excedentes presentes para asegurar la calidad de vida de las próximas generaciones, lo que finalmente no ocurre. Por ello, el Estado debe generar la certeza jurídica que las actuales generaciones dejen las condiciones para una política social intergeneracional.

La pensión digna para la vejez de todos y cada uno de los recién nacidos debiese ser un derecho constitucional, sin letra chica. En este sentido, el mecanismo de ahorro previsional vigente puede contribuir en ayudar a dicho objetivo. Si por cada niño nacido se abriera una cuenta de ahorro previsional con un aporte mensual mínimo obligatorio equivalente al valor de la asignación familiar ($13.401), durante el tiempo que se mantenga como carga legal (hijos que estudian en algún establecimiento reconocido por el Estado, lo que deberán acreditar anualmente y hasta el 31 de diciembre del año en que cumplan los 24 años), podría acumular en su fondo de pensiones la cantidad suficiente para garantizar que, al cumplir los 65 años, la persona recibiera – al menos – una pensión igual al Ingreso Mínimo Mensual para trabajadores menores de 18 años y mayores de 65 años ($243.561).

El Censo de población de 2017 registró 3,4 millones de jóvenes que cumplen las condiciones para ser considerados como carga legal. Los ingresos percibidos por los hogares de un tercio de dichos jóvenes les permite financiar un aporte adicional de 2% por cada carga legal vigente. Dicha contribución debiese ser acumulada en un Fondo Solidario de Responsabilidad Previsional Intergeneracional para que, con aportes del Estado, se pueda alcanzar plena cobertura. Para ello, debiese existir un marco legal que permita, sin que existan lagunas previsionales, el aporte mensual a todos los chilenos y chilenas que están transitando como carga legal sus primeros 24 años de vida.

Quienes más ganan, podrán contribuir a cofinanciar el aporte que no alcanza para los que menos ganan. Quienes tienen un mayor número de cargas legales, tendrán un mayor aporte. Con ello podremos asegurar a nuestros jóvenes que, independiente de su condición social y de los avatares de su vida laboral activa, tienen asegurada una pensión que les permita vivir una vejez en forma digna. Será nuestro mejor legado para las futuras generaciones.

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