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Proyecto de ley integral contra la violencia de género

Señor Director:
Seis años se cumplirán desde el ingreso del proyecto de ley sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
que, entre otras cosas, busca sancionar los tipos de violencia contra la mujer y robustecer las respuestas institucionales
a las víctimas. Pese al anhelo y apoyo transversal, la excesiva amplitud y complejidad del proyecto ha resultado en la
dilatación de su tramitación. Lo anterior ha forzado a explorar otros caminos más efectivos para sancionar los distintos
tipos de violencia de género.
Con ese objetivo, en los últimos años se han aprobado distintas leyes, por separado, que buscan condenar las dife-
rentes manifestaciones de violencia contra la mujer (muchas de ellas incluso incluidas en el proyecto de ley). Entre
estas, la ley Gabriela, que amplió el delito de femicidio a relaciones de pololeo; la ley que sanciona el acoso sexual en
espacios públicos; las leyes sobre deudores de pensiones alimenticias; y la ley de monitoreo telemático, que supervisa
la prohibición de acercamiento en casos de violencia intrafamiliar. Todas, ejemplo de la celeridad con la que se aprueba
un proyecto cuando este es específico y concreto en aquello que busca sancionar.
En este punto, vale la pena preguntarse si no es más conveniente adoptar esa estrategia, cuya efectividad ha dado
frutos, en lugar de una noble, pero hasta ahora poco efectiva forma de abordar el problema en su total dimensión.

Emilia García Cox
IdeaPaís

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