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Nuevos criterios tendrán proyectos en zonas rurales

El pasado 29 de marzo el Ministerio de Vivienda y Urbanismo emitió la nueva resolución nº 174, para regular la generación de núcleos urbanos en zonas rurales de las comunas de Chillán y Chillán Viejo.

“Cabe aclarar que el objetivo de la resolución es establecer criterios y parámetros regionales que permitan cautelar que las subdivisiones y construcciones en terrenos rurales, con fines ajenos a la agricultura, no originen nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana intercomunal”, explicó el seremi de la cartera, Antonio Marchant.

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Y recalcó que “no es, ni está llamada, a ser una solución que permita controlar los llamados loteos irregulares”.

Hay que dejar en claro que estos loteos irregulares son subdivisiones de terrenos que no cuentan con las autorizaciones municipales, ya sea un permiso provisorio o definitivo, por ende infringe la Ley General de Urbanismo y Construcciones

Esta resolución, lejos de normar, viene a fijar criterios y parámetros para aplicar. Entre los primeros está que los proyectos no deben generar desequilibrio, ni ninguna sinergia parecida a la urbanidad (desechos, problemas de conectividad, consumo de energía, entre otras).

Mientras que, en los parámetros, se incluyen el que los conjuntos habitacionales no deben superar una densidad bruta de 100 habitantes por hectárea, los proyectos turísticos no deben superar las 500 personas y los industriales las 250. A esto se suma, otro parámetro de distancia respecto a otras construcciones existentes.

Desde la municipalidad de Chillán señalaron que “es un elemento que ayuda a tener mayor claridad del organismo competente para la revisión de los proyectos y tal como señala la ley “una mayor certeza jurídica a los interesados que presenten sus solicitudes”.

En este sentido, cada iniciativa que se desee levantar en terrenos rurales cercanos a estas dos comunas deberán ser evaluados y analizados en base a esta resolución para ser aprobados.

El seremi Antonio Marchant, dejó en claro que “los criterios y parámetros establecidos en la resolución no fija límites en la generación de viviendas, sino que solo cautela que no se generen núcleos urbanos al margen de la planificación urbana intercomunal”.

¿Y el PRICH?

En el caso del Plan Regulador Intercomunal de Chillán y Chillán Viejo (PRICH), desde la seremi de Vivienda y Urbanismo explicaron que “la resolución es aplicable en el área rural normada de las comunas de Chillán y Chillán Viejo. En tanto, un Plan Regulador Comunal (PRC) tiene observancia en las áreas urbanas establecidas por el mismo, así que atienden a territorio distintos, la primera, el área rural, y el segundo, el o las áreas urbanas”.

Asimismo, “en cuanto al PRICH vigente, se podría estimar que su aplicación es complementaria, toda vez que la resolución no establece normar, sino que criterios y parámetros a aplicar considerando la normativa vigente”, agregaron desde la seremi de Vivienda y Urbanismo.

El PRICH está en Contraloría desde enero de este año, luego de que se efectuaran las últimas correcciones de forma por parte del Gobierno Regional, -entidad encargada de suscribirlo-, para su toma de razón y confirmación.

Texto: Antonieta Henríquez

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