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Mi plata, mi pensión

Señor Director:

La Corte de Apelaciones de Antofagasta pone nuevamente un tema en la palestra. En un cuestionable fallo, accedió a la petición de la profesora María Angélica Ojeda, ordenando que AFP Cuprum pagar el total de fondos de su cuenta individual. Aquello supone una decisión bastante cuestionable, puesto que nadie duda de la propiedad de los fondos de cada cotizante. Tal derecho está consagrado en nuestra Constitución y es ella misma la que se encarga de delimitar su ejercicio, esto es, cuando la ley establezca sus limitaciones.

En este caso es claro que la ley delimita la propiedad de esos fondos en base al decreto ley 3.500 que establece nuestro actual sistema de pensiones, para que tales dineros sean entregados vía pensión y no al contado para hacer cualquier cosa. Sí, mi plata absolutamente, pero no olvidemos que es para mí pensión. Si se busca obtener rentabilidad y destinar recursos a cualquier otra actividad que no sea una pensión, existen miles de instrumentos financieros. Como diría Platón: “La peor forma de injusticia es la justicia simulada”.

José Luis Trevia

Investigador Fundación para el Progreso

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