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Más del 13% de los detenidos por toque de queda son reincidentes

LD

El pasado jueves, la jueza Paulina Rodriguez, del Juzgado de Garantía de Chillán dijo a LA DISCUSIÓN que “hoy firmé 10 resoluciones por sentencias que se dictan dentro de un procedimiento monitorio que es solo para condenar faltas”.

El contexto de la cita de la magistrado es el del destino judicial de las personas que están siendo detenidas cada noche por no respetar el toque de queda.

Desde que arrancó la emergencia sanitaria por el coronavirus en el país, se ha advertido que no respetar las normativas, como la obligación de permanecer en cuarentena si así se decreta, o el no vulnerar la restricción de toque de queda, podría tener sanciones pecuniarias que alcanzarían el millón de pesos.

Pero si por un lado, el Ejército ha cifrado en más de 3 mil a los infractores, y de ellos, cerca de 2.300 a los que han sido detenidos en toque de queda, todo apunta a que sólo a un grupo menor se les podría hacer efectivo el pago de esta multa.

Al menos, la política de la Fiscalía Regional ha sido la de formalizar (es decir abrir una investigación penal formalmente) sólo a quienes sean detenidos en más de una oportunidad, que en Ñuble alcanza el 13% del total de personas sorprendidas por Carabineros, PDI o el Ejército incumpliendo las restricciones.

Según registros del Ministerio Público de Ñuble (que incluye jurisdicción de la comuna de Tucapel y de Yungay), desde el 17 de abril hasta el pasado jueves, se había formalizado a 331 personas.

Si los formalizados no cuentan con antecedentes pretéritos y con otras atenuantes, las multas pueden ir de 1 a 4 UTM. 

En cambio, si se está ante una persona que ha incumplido en varias ocasiones (que los hay) y además su desacato generó un real factor de riesgo, o derechamente, contagió a otras personas, las multas podrían llegar a ese millón de pesos, lo que evidentemente, quedará a criterio del juez.

Lo concreto es que sólo se han pagado dos de esas multas. Y esto fue al principio, en los primeros días de abril, cuando aún se hacían audiencias presenciales en el Juzgado de Garantía.

Uno de los detenidos, en un juicio abreviado, fue condenado a pagar 30 mil pesos; y a otro, se le condenó a pagar 1/4 de UTM la que se dio por cancelada por la noche que pasó en el calabozo de Carabineros.

Una vez que comenzaron las audiencias por videoconferencia, a los reincidentes se les decretaba arresto domiciliario, como sigue siendo hasta hoy. Sólo a quienes han mostrado una actitud contumaz, se les ha dejado en prisión preventiva, puesto que arriesgan penas privativas de libertad, y además pagarán multas.

Si bien los apenas dos casos de multas efectivas parecieran diagnosticar una “mano blanda” para los porfiados, la magistrado Rodríguez advirtió que “esto va a operar en la práctica en tanto se pueda notificar por parte del funcionario del tribunal y se va a hacer exigible las multas. Y se van a tener que pagar”.

De hecho, la magistrado confirmó que ya se comenzó a notificar a los infraccionados.

Finalmente, el abogado Francisco Soto, asesor jurídico de la Fiscal Regional de Ñuble, añadió que “las personas que han sido detenidas por una sola vez, no han sido formalizadas, ni pasaron a control de detención, pero sí se está siguiendo respecto a ellos una investigación por el artículo 318”.

La fecha de todas las audiencias que puedan generarse a raíz de estas investigaciones, quedarán sujetas a que se pueda garantizar la salud de los intervinientes y se puedan realizar formalizaciones simultáneas, considerando que la cantidad de casos ya se acercan a los 350.

El dinero de las multas

La magistrado Sandra Rozas, jueza Juzgado de Garantía de Yungay explica que en caso de juicio condenatorio y con multa, se ordenará un proceso ejecutivo para que éstas sean cobradas.

“Ahora el artículo 179 del código sanitario dice que las multas que se impongan por infracción de las disposiciones del presente código y su reglamento o resoluciones del director general de Salud, por lo tanto tengo que entender que serán a beneficio del Servicio Nacional de Salud y no estarán afectas al recargo de la ley 10.209”.

Así, las multas deberán integrarse directamente al organismo local de salud que las aplicó, es decir si se aplicaron en Ñuble , tendrá que ser el Servicio de Salud de esta Región.

Respecto a las ordenanzas municipales la información es más difícil de encontrar ya que cada municipio ha establecido un parámetro de multa distinto, por ejemplo el municipio que han establecido multas de 1 UTM y otros de 5, sin embargo, por tratarse de ordenanzas municipales, no se persiguen como delitos, por lo tanto sus resultados y sentencias quedarán a cargo de los respectivos Juzgados de Policía Local.

El real peligro en debate

En la Defensoría Penal Pública dicen que es mejor no estar seguros de que cada persona detenida por incumplir el artículo 318, podrá ser -en efecto- castigado.

Basándose en esa misma ley, el defensor regional de Ñuble, abogado Marco Montero, pone el dedo en la línea que dice que quien incumpla “pone en riesgo la salud pública, y hoy está siendo debatido en los tribunales, si el solo hecho que una persona circule en horario de toque de queda por la vía pública, ponga en riesgo la salud pública. Y hay tribunales que consideran que sí y otros, que no. También hemos visto criterios distintos en jueces de un mismo tribunal”.

Bajo esta premisa, por ejemplo, se pone en duda si una persona que circule dentro de su vehículo en horario de toque de queda, es o no un peligro de contagio para otras personas. “Y eso es parte de la discusión”, apuntó Montero.

Al respecto, la magistrado Rozas destaca que “el Ministerio Publico dice que es de peligro abstracto y si acogemos la teoría de la defensa se tiene que demostrar que la persona realmente está contagiada, sea sospechosa o esté a la espera de un resultado de PCR por ser contacto directo de una persona contagiada”.

Trabajo comunitario

Para pagar la multa hay opciones como pagarla al contado o en cuotas.

Si la persona no cuenta con capacidad finaciera, se le preguntará si acepta reemplazar la deuda por trabajos comunitarios.

Si no acepta ninguna de las anteriores, se le conmutará cada cuarto de UTM por un día de cárcel.

Felipe Ahumada

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