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Maltrato a personas mayores

Señor Director:

Recientemente se conmemoró el Día internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, y uno de los fenómenos complejos en este escenario, es la violencia sufrida por personas mayores, situación que se ha visibilizado aún más en tiempos de pandemia. Según estudios, las víctimas de este flagelo son primordialmente mujeres, con dependencia y socialmente aisladas.

El rápido y creciente aumento de personas mayores, en especial de 65 años o más, ha despertado atención y preocupación por el maltrato del que son objeto, mayoritariamente de su núcleo familiar. Esto se traduce en maltrato físico, psicológico, abuso sexual, abuso patrimonial (referido al mal uso, explotación o apropiación de los bienes por parte de terceros, sin consentimiento o con consentimiento viciado, fraude o estafa, engaño o robo de su dinero o patrimonio), negligencia y abandono, pero también existe el maltrato estructural o societario, aquel que ocurre desde y en las estructuras de la sociedad mediante normas legales, sociales, culturales y económicas que actúan como trasfondo de todas las otras formas de maltrato existente.

Uno de los tantos aspectos que contribuyen a estas conductas de maltrato, son las actitudes y estereotipos negativos hacia las personas mayores que permiten, en cierta forma, se les deshumanice. Algunas de las ideas sobre este grupo etario, mencionan que con la edad pierden poder y control sobre sus vidas, así como la percepción de que se vuelven frágiles, débiles y dependientes.

Nuestro país, en el año 2017, ratifica y promulga la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, donde adquiere las obligaciones establecidas en este documento y asume como Estado, en sus políticas, planes y programas, el reconocimiento de los derechos de las personas mayores, identificando y dando mayor visibilidad a los problemas que los afectan.

En este sentido, como sociedad debemos hacer nuestras estas obligaciones y, tal como se señala en ella, contribuir a cambiar la vida de las personas mayores, porque eso permite que puedan vivir una vida digna; ayudar a cambiar la imagen, para que sean vistas como personas con conocimiento, poder y experiencia, no sólo destinatarias de la beneficencia; proporcionarles la protección necesaria y jurídicamente vinculante de los derechos de las personas de edad, en el ámbito nacional e internacional; establecer sus derechos, así como las normas mínimas y acciones necesarias para protegerlos; y hacer visibles las responsabilidades de los Estados y otros actores para con ellos.

Sandra Acuña

Académica Escuela Trabajo Social ULA

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