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Ley No chat: Aumenta las penas para quienes vean el teléfono cuando manejan

Agencias

Este miércoles se publicó en el Diario Oficial el reglamento de la Ley No Chat, que busca disminuir la siniestralidad y mejorar la seguridad vial en las vías, calles y autopistas a lo largo del país, aumentando las sanciones por el uso de celulares, tablets u otros dispositivos electrónicos mientras se conduce un vehículo.

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En definitiva, se aplicarán multas a los conductores que manipulen un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, con una o ambas manos, cuando haya iniciado la conducción del vehículo. Cabe recalcar que esto también aplica en el caso de que el conductor esté con su móvil detenido en un signo pare o luz roja del semáforo, entendiendo que esto igualmente implica una distracción peligrosa.

En concreto, la modificación legal que fue aprobada en septiembre de 2021, agrega el numeral 5 en el artículo 199 de la Ley de Tránsito, trasladándose esta acción desde el marco de las infracciones graves a las gravísimas.

En este sentido, las sanciones implican multas entre 1,5 a 3 UTM ($83.556 a $167.112 aproximadamente), la suspensión de la licencia de conducir por un plazo de entre 5 a 45 días, el cual puede aumentar de 45 a 90 días en caso de reincidencia.

“Tal como el exceso de velocidad e ir bajo los efectos del alcohol y las drogas mata, la manipulación de dispositivos móviles también genera fallecidos y lesionados. La principal causa de siniestralidad vial en Chile es la conducción no atenta, donde el celular es protagonista. Anualmente hay 25 mil siniestros por conducir no atento y más de 12 mil lesionados, por lo tanto es un problema muy grave que se ha normalizado. Lo que busca la Ley No Chat es evidenciar esta realidad y fortalecer la convivencia vial”, asegura Claudia Rodríguez, directora ejecutiva de la ONG No Chat y presidenta del Cosoc de la Subsecretaría de Transportes.

La única excepción son los aparatos de manos libres que vengan incorporados de fábrica al vehículo.

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