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Gestor de inclusión laboral

Señor Director:
La Ley N° 21.275, que incorpora el artículo 157 al Código del Trabajo, exige a las empresas de 100 o más trabajadores que
cuenten con al menos una persona del área de recursos humanos con una certificación otorgada por el Sistema Nacional de
Certificación de Competencias Laborales, la que permite acreditar conocimientos específicos en materias de inclusión laboral de personas con discapacidad. En una sociedad como la nuestra, en la que existe mucha discriminación y aún está muy atrasada en este tipo de temáticas, tales como la inclusión de personas con discapacidad, desigualdad de géneros e identidades, es fundamental contar con un gestor o gestora de inclusión laboral de forma de brindar igualdad de oportunidades. Antes de esta ley, que entra en vigencia ahora en noviembre, la inclusión laboral no era más que una sugerencia, por lo tanto, era opcional, y en consecuencia, era complejo incorporar este tipo de acciones, por el costo que implicaba. No obstante, hemosvisto que, a largo plazo, esta inversión puede traer varios beneficios, dado que los colaboradores se sienten más identificados con la empresa, aumentando la productividad y eficiencia. Además, parece difícil avanzar en estos temas si no hay una ley que lo regule. A través de esta iniciativa, las personas se pueden capacitar en temas donde hay mucho desconocimiento; como por ejemplo, cómo hacer la empresa más accesible o la existencia de diversidades y, de esta forma, mejorar el ambiente de trabajo para que todas las personas se sientan parte, de modo de avanzar a una sociedad más inclusiva. Cuando estamos a punto de vivir una nueva Teletón, nos parece de Perogrullo que está ley entre en vigencia. Es imperativo que las empresas cuenten con este gestor o gestora, que pueda elaborar un diagnóstico y en base a eso, poder tomar diferentes medidas, de tal manera de generar una inclusión efectiva. A eso tenemos que apuntar.

 

Josefa Poblete

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