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Descartan aplicar Estado de Emergencia Municipal

Cristian Cáceres

En momentos en que varias municipalidades del país están tomando medidas extraordinarias, como el cierre de locales comerciales, el Concejo Municipal de Chillán de manera unánime aprobó que la ciudad decretara Estado de Emergencia Municipal, medida que fue analizada por Jurídica.

A la fecha la entidad edilicia solamente ha restringido las actividades internas del municipio, además de la atención a público.

La medida de fuerza mayor solicitada por los concejales de la ciudad el lunes pasado no tuvo mayor eco en la Municipalidad, que ayer descartó poner limitaciones al comercio, como sí lo anunciaran las municipalidades de Recoleta, La Florida, Providencia, Antofagasta y otras.

Desde la Dirección de Asesoría Jurídica de Chillán se indicó que restringir el comercio para evitar aglomeraciones de personas “no es competencia de los municipios, que no tienen las facultades de limitar derechos constitucionales de este tipo. De todas formas, las autoridades han sostenido conversaciones para ir monitoreando la situación”.

En el caso de los comerciantes ambulantes, “por instructivo del alcalde se determinó mantener las condiciones. Sin embargo, la Dirección de Seguridad Pública e Inspección Municipal mantendrá conversaciones con ellos atendiendo las medidas y sugerencias sanitarias”.

Desde la entidad municipal se remarcó que la Ley Orgánica de Municipalidades no contempla atribución de decretar Emergencia Comunal. Eso sería, se plantea, “más bien un acto administrativo que en la práctica, carecería de efectos reales. De nada nos sirve un documento suscrito por la autoridad comunal si no vamos a poder aplicarlo. Hay derechos constitucionalmente protegidos, que por vía de ordenanza o decreto no pueden ser vulnerados”.

Reales atribuciones

En tanto, Luis Díaz Acuña, ingeniero civil industrial y asesor de municipalidades, resaltó que la Municipalidad de Providencia está analizando cerrar locales comerciales amparada en un artículo de la Ley de Municipalidades que permite a éstas adoptar medidas de prevención en casos de emergencia.

El experto agregó que en el ámbito de las facultades que le asisten a las municipalidades, de acuerdo a su Ley Orgánica Constitucional (Ley 18.695) y otros cuerpos legales, “los gobiernos comunales pueden regular el funcionamiento de ferias libres que se desarrollan en los Bienes Nacionales de uso Públicos para minimizar escenarios de riesgos”.

Adicionalmente, precisó, es posible que la entidad edilicia “regule el transporte público en el área comunal urbana, disponiendo más paraderos diferidos para minimizar la aglomeración de pasajeros”.

Agregó que si bien las municipalidades no pueden cerrar el comercio, es preciso que “las autoridades actúen con buen juicio, lo que está más allá de una norma legal, privilegiando el bien común por sobre otras consideraciones”.

Valoró la decisión de la Municipalidad de Antofagasta que anunció justamente las medidas que planteara el Concejo Municipal como es cerrar locales como gimnasios, casinos, pubs, restaurantes y lugares de entretención para evitar que Chillán continúe subiendo en la cifra de contagios a nivel nacional.

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