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La Corte de Apelaciones de Chillán acogió el recurso de nulidad laboral interpuesto por una trabajadora en contra de la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo, instancia que rechazó su demanda por despido improcedente en contra de la empresa Wom.
De acuerdo a la sentencia reseñada en el Diario Constitucional, la empleada no manifestó por escrito su intención de dar término a su contrato de trabajo con el empleador.
“Si bien el finiquito es solemne y debe cumplir con las exigencias indicadas en el artículo 177 del Código del Trabajo en la especie la renuncia o el mutuo acuerdo con la trabajadora que invocó la demandada, no constan por escrito y, de otro lado, no están firmados por la trabajadora, ni menos ratificada su firma por un ministro de fe”, detalla.
El fallo agrega que “no podía tener por acreditado la sentenciadora que efectivamente, según refiere el correo electrónico de 2 de agosto de 2018, la actora aduciendo razones familiares solicitó negociar la salida de la empresa. Ello solo constituyó un trato verbal de negociar su desvinculación con la empleadora, pero no puede ser considerada una renuncia o intención de terminar su contrato de trabajo por mutuo acuerdo”.