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Congreso de Perú aprueba sexto retiro de los fondos de AFP

AFP

Un nuevo retiro de hasta 18.400 soles (unos US$4.840, $4,2 millones) a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) aprobó  el Congreso de Perú para afrontar la situación económica causada por la pandemia.

Con 107 votos a favor, 8 en contra y 2 abstenciones en el pleno el Poder Legislativo autorizó el sexto desembolso de este tipo desde que comenzó la pandemia, hace más de dos años, mediante una votación realizada la noche de este miércoles,

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La norma, que previamente fue aprobada por las comisiones legislativas de Trabajo y Economía, quedó lista para ser enviada para su promulgación por el Presidente Pedro Castillo tras ser exonerada de la segunda votación que ordena la ley peruana.

La presidenta de la comisión de Economía, Silvia Monteza, afirmó que este retiro busca beneficiar a más de 8,2 millones de afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP). “Con esta medida se pretende aliviar la economía familiar de miles de peruanos que se vieron afectados por la pandemia, aumentando la capacidad adquisitiva de estos e incrementando el consumo de lo que redunda en el crecimiento del mercado interno”, aseguró.

Una vez publicada la norma, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) deberá determinar el proceso de entrega del dinero en un plazo máximo de 15 días y los ciudadanos que lo soliciten recibirán el monto en tres partes mensuales.

La primera y la segunda serán equivalentes a una unidad impositiva tributaria (UIT), establecida actualmente en 4.600 soles (US$1.210), y la tercera podrá llegar hasta 2 UIT (9.200 soles o US$2.421). Estos fondos no podrán ser objeto de descuento, compensación legal, embargo, retención o cualquier afectación por orden judicial o administrativa, pero sí de retenciones derivadas de deudas judiciales por alimentos, hasta por 30% del total. Ahora, el Ejecutivo peruano tendrá un plazo máximo de 15 días para evaluar la norma y decidir su promulgación o, eventualmente, presentar sus observaciones ante el Congreso, que puede ordenar su aprobación definitiva por insistencia, informó Emol.cl

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