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Condenan a dueño de buses Línea Azul a cinco años de libertad vigilada

El Juzgado de Garantía de Graneros condenó al representante legal y al jefe de mecánicos de la empresa de buses chillaneja Línea Azul, por el delito de cuasidelito de homicidio, por el accidente ocurrido en julio del 2019 en San Francisco de Mostazal, el cual dejó seis víctimas fatales y más de 40 personas lesionadas.

La magistrada María José Valladares Araya condenó al ejecutivo Marcelo Hernández a la pena única de cinco años de presidio, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito de permitir la conducción de un vehículo con placa patente oculta o adulterada y los cuasidelitos de homicidio, lesiones graves gravísimas, lesiones graves y lesiones menos graves.

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Además, el tribunal le impuso dos penas de un año de suspensión de licencia de conducir y una multa de 50 UTM.

En el caso de Daniel Guajardo, jefe del taller mecánico, el tribunal lo condenó a la pena única de tres años y un día de presidio por los mismo delitos, más dos penas de un año de suspensión de licencia de conducir y una multa de 2 UTM.

El juzgado determinó que, reuniendo los requisitos, se les sustituyó la pena de cárcel por la de libertad vigilada intensiva.

El tribunal dio por acreditado que cerca de las 23.55 horas del 28 de julio de 2019, el chofer Edison Aedo (condenado en procedimiento abreviado), salió con 53 pasajeros desde el Terminal Sur con destino a Temuco conduciendo un bus de dos pisos con placas patentes y documentación adulterada.

Alrededor de las 01.15 horas de la madrugada del día lunes 29, el chofer conducía por la Ruta 5 Sur a la altura del kilómetro 60 con la máquina que evidenciaba problemas mecánicos consistente en “una fisura de 18 mm. en el tercio derecho de la barra estabilizadora del eje delantero”, la cual originó que, “al enfrentar una curva hacia la izquierda se fracturara dicha barra, generando con ello que el conductor perdiera el control y maniobrabilidad del bus, desviando su trayectoria hacia la izquierda chocando con su parte frontal la barrera de contención de la ruta”.

La sentencia consignó que “al momento de la ocurrencia de los hechos” el bus se encontraba “en situación de cancelado en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Público de Pasajeros del Ministerio de Transportes” por lo que a esa fecha “no podía prestar servicio de transporte público de pasajeros, igualmente tampoco tenía revisión técnica vigente”.

El Ministerio Público informó que los imputados “conscientemente” pusieron en circulación un vehículo que “no era apto” y que con ello “causaron directa e inequívocamente el choque” y, además, “teniendo clara conciencia de que la falta de seguridad, mantención e inobservancia de las normas que regulan esta actividad causa la muerte de personas, aun así continuaron con su actuar”.

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