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Arrendatarios rebeldes podrían ser desalojados en un plazo de 10 días

Agencias

Son varios los casos que se han conocido a través de los medios de comunicación, de personas que no han pagado en meses los arriendos de las casas en que habitan o que incluso han provocado severos daños sin que exista algún mecanismo para que los propietarios de los inmuebles puedan recuperar el dinero o sus inmuebles.

Pero esto podría cambiar de aprobarse el proyecto, en segundo trámite, que busca incorporar la restitución anticipada de inmuebles en juicios precario y de terminación de arrendamiento y de comodato, y que también contempla un procedimiento monitorio para el cobro de rentas.

La iniciativa comenzó a ser estudiada por la Comisión de Constitución Legislación, Justicia y Reglamento que, en una primera instancia, conoció los detalles del proyecto de boca de uno de sus autores, el diputado Gonzalo Fuenzalida.

En lo fundamental, señaló que existen casos en que arrendatarios deben meses y que cuando los dueños quieren recuperar el inmueble se demora entre un año o un año y medio, y a veces se entregan con millonarias deudas por servicios básicos y daños.

Agregó que al fijarse un procedimiento monitorio, que ya existe en la justicia penal, la idea es que pueda recuperar rápidamente su propiedad, a lo más en un mes.

Uno de los puntos que surgió durante el análisis del proyecto, fue el de incorporar alguna medida que permita dar solución a la situación de los denominados “ocupas” que habitan casas sin moradores.

En tal  sentido, surgió la idea de incorporar una figura conocida como la demanda “innominada” que se ocupa en países como España, asunto que quedó en discutirse una vez que la Comisión escuche las opiniones de  profesores de derecho civil y de derecho procesal penal, lo que está contemplado para la sesión de este martes.

Cabe recordar que la idea matriz o fundamental del proyecto consiste en establecer un procedimiento más rápido para que el arrendador pueda, en los supuestos y con los requisitos que el proyecto establece, recuperar el bien raíz arrendado a lo que se agrega obtener el pago de las sumas que por concepto del contrato de arrendamiento se le adeudan.

En este sentido, el proyecto propone modificar la regulación contemplada en el Código de Procedimiento Civil, con el fin de incorporar una nueva medida precautoria: la restitución anticipada de un inmueble, sin previo desahucio; y la incorporación de un artículo que contiene hipótesis especiales de procedencia de la nueva medida precautoria.

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