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Pensiones alimenticias: advierten sobre vacío en la ley de protección al empleo

Su inquietud por el cumplimiento del pago de pensiones de alimentos en la contingencia económica-sanitaria manifestaron las integrantes de la comisión especial de la Mujer y Equidad de Género del Senado a la ministra (s) del ramo, Carolina Cuevas, a quien le plantearon que existiría un vacío legal en la ley de protección al empleo que no garantizaría el cumplimiento de esas obligaciones.

Según manifestaron, una vez que los trabajadores se acogen a la ley y comienzan a recibir como ingresos su seguro de cesantía, no se podrían descontar de esos recursos los correspondientes a pensiones de alimentos.

Cabe recordar que cuando hay una sentencia por pago de alimentos, el tribunal la envía al empleador y éste retiene de las remuneraciones el porcentaje que corresponde a la remuneración. Al acogerse a la ley de protección al empleo, es la Administradora del Fondo de Cesantía (AFC) la que paga el seguro de cesantía, y no está establecido que ésta retenga el porcentaje correspondiente a la pensión de alimentos, generándose allí una suerte de vacío.

En tal sentido, fue la senadora Yasna Provoste (DC) la que advirtió del tema a sus pares de la comisión, las que adhirieron al planteamiento y pidieron a la ministra (S) que se evalúen diversas alternativas de solución, aunque ya hay una propuesta elaborada por la legisladora que se analizará en estos días.

Según la presidenta de la comisión, senadora Adriana Muñoz, se podría resolver este tema en el contexto de una comisión mixta que está resolviendo algunas diferencias que quedaron pendientes durante la tramitación de la nueva ley, aunque también existe la posibilidad de presentar una iniciativa regulando este tema.

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