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Ñuble Transversal propone límites a altura de edificios

Una nueva propuesta fue ingresada a la Municipalidad de Chillán, en el marco de las modificaciones que el gobierno comunal pretende realizar al Plan Regulador que fijará las condiciones de uso de suelo y altura futura de edificaciones en la capital regional.

El documento, recepcionado por el consistorio el pasado jueves 26 de noviembre, fue elaborado por Ñuble Transversal y cuenta con la participación, entre otros, del arquitecto Claudio Martínez Cerda.

La propuesta surge en momentos en que el Consejo Regional (CORE) se apresta a validar el Plan Regulador Intercomunal Chillán-Chillán Viejo (Prich), que sentará las bases para el desarrollo de la intercomuna y los futuros planos reguladores de ambas urbes.

Según las proyecciones de Ñuble Transversal, y de manera similar a anteriores propuestas, lo que se pretende es limitar la altura de los futuros edificios que se construirán en la ciudad.

La formulacióntiene su foco en proteger la arquitectura de Chillán y evitar que el centro histórico sea transformado por edificios que generarían impactos negativos en la calidad de vida de los chillanejos.

El modelo de una ciudad amable está detrás de esta proyección del arquitecto y su grupo de trabajo, que apunta a mantener en lo posible el estándar que tiene la ciudad en la actualidad.

Martínez planteó que de acuerdo a la Ley 21.078 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “los particulares pueden proponer nuevos instrumentos de planificación territorial o modificaciones de los existentes solamente mediante presentaciones formales realizadas en ejercicio del derecho de petición consagrado en el numeral 14 del artículo 19 de la Constitución Política de la República”.

Según el profesional, en este caso la municipalidad, en el caso de promover un nuevo instrumento o una modificación del instrumento de planificación, deberá mencionar expresamente las solicitudes planteadas por particulares que se relacionen directamente con su propuesta.

Los particulares, detalló Martínez, “podrán acompañar antecedentes para fundamentar nuevos instrumentos de planificación territorial o sus modificaciones, siempre que en ellos se consigne con claridad quién los presenta, quién los elaboró y a qué título”, lo que ocurrió en este caso, pues la sugerencia fue ingresada con todos los elementos técnicos establecidos.

Cuadrante histórico

Según expuso Ñuble Transversal, la comunidad a través de diversas instancias, como es el ámbito de la academia, organizaciones civiles, medios de comunicación, investigaciones de carácter histórico y patrimonial, así como la propia normativa existente en el actual PRC, ha reconocido y validado la existencia de edificaciones de alto valor arquitectónico y patrimonial, las que se encuentran entre las cuatro avenidas del cuadrante histórico, y de manera más específica en el cuadrante comprendido por las llamadas cinco plazas, esto es Avenida O’Higgins, Arturo Prat, Sargento Aldea y Gamero.

En este cuadrante se encuentra la mayor concentración de bienes patrimoniales, entre ellos los edificios que comprenden el centro cívico, a los cuales hay que agregar el eje Libertad en toda su extensión, incluido en ello la Estación de Ferrocarriles y el Hospital Herminda Martín. Por otra parte, de debe considerar que el eje Libertad es el más importante mirador con que cuenta la ciudad hacia la cordillera, y que hace que el paisaje también sea parte del patrimonio de la ciudad.

Además, según consigna la entidad, “el actual plan regulador comunalno establece límites en la altura de edificación en el cuadrante comprendido por las cinco plazas, por lo que representa una amenaza real y concreta para el patrimonio de la ciudad, para su calidad de vida y para la preservación del paisaje como uno de los valores más relevantes de la ciudad”.

Se propone que en el cuadrante comprendido entre las calles Bulnes, Carrera, El Roble y 5 de Abril, considerando ambos lados de la calzada, la altura de edificación no podrá exceder la de la catedral de Chillán (36 metros).

Además, en el perímetro comprendido entre el anillo anterior y Gamero, Avenida O’Higgins, Arturo Prat y Sargento Aldea, la altura máxima de edificación no podrá exceder la de 15 metros (cinco pisos).

Junto con ello, la entidad plantea que en los ejes de Avenida Libertad, 18 de Septiembre y Arauco, que se encuentren fuera de los anillos descritos, la altura máxima de edificación será de 15 metros.

En tanto, hacia las Avenidas Brasil, Ecuador, Argentina y Collín y vías aledañas, la altura de edificación no podrá exceder una altura máxima de 21 metros. Adicionalmente, en las Avenida Ecuador, Avenida Brasil y Avenida Argentina se podrá construir hasta una altura máxima de 26 metros, por ambos costados.

Finalmente, según la propuesta, en la Avenida Collín por ambos costados, se podrá construir hasta una altura máxima de 36 metros. 

Densidad

En el contexto de la aprobación del Plan Regulador Intercomunal, el Concejo Municipal de Chillán aprobó hace un tiempo, recordó el concejal Juan López Cruz, una serie de propuestas que realizó Asesoría Urbana del municipio chillanejo.

Tales sugerencias, que buscaban modificar o generar cambios en la ciudad se esperaba que fueran analizadas por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) y la empresa consultora Urbe, que proyectan el nuevo Plan Regulador Intercomunal de Chillán y Chillán Viejo (Prich).

El municipio chillanejo, propuso eliminar del Prich el capítulo referido a las densidades máximas que se permitirán en el damero central de la capital regional, como consecuencia de las profundas diferencias entre el municipio y el documento de Urbe.

Según los antecedentes que entregó Asesoría Urbana, la proposición contenida en el proyecto de plan regulador, que considera 500 habitantes por hectárea en el centro de la ciudad no sería consecuente con los cálculos del gobierno comunal.

El Plan de Desarrollo de Chillán apunta a permitir la ejecución de edificios de altura en diferentes zonas del perímetro formado por las cuatro avenidas, favoreciendo igualmente la defensa del patrimonio arquitectónico local.

El rechazo a este capítulo tiene como finalidad realizar un estudio mucho más acabado de los fundamentos que definen la densidad en la ciudad, entre los que se cuentan las normas que regulan los antejardines, la ocupación de suelo, índice de constructibilidad, densidad bruta, entre otras, que serán analizados en el Plan Regulador Comunal, que será contratado una vez que se apruebe el Prich.

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