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Ley de Fármacos II

Señor Director:

El trámite legislativo, que modifica el Código Sanitario para regular los medicamentos bioequivalentes genéricos y evitar la integración vertical de laboratorios y farmacias, actualmente se encuentra en Comisión Mixta del Senado a punto de ser votado en su totalidad; solo queda por aprobar de dicho proyecto un grupo de artículos permanentes y transitorios sobre distintos temas, entre ellos, la regulación de precios de los medicamentos y la intercambiabilidad de productos farmacéuticos.

Y a propósito de intercambiabilidad -concepto referente a la práctica médica o farmacéutica donde se puede cambiar un medicamento por otro, porque es equivalente en su marco clínico al original- es necesario detenerse en este punto para advertir que, en la práctica, esta ley coartaría la libertad de los pacientes a la hora de decidir por un fármaco de mayor calidad. Una ley que por lo demás tampoco ha otorgado plazos adecuados para la bioequivalencia nacional, ya que los tiempos no se condicen con las reales capacidades que tiene la industria farmacéutica local.

En nuestro país más de un 60 por ciento de los medicamentos aún no cumple bioequivalencia, por lo que obligar bajo ese escenario a los médicos a recetar exclusivamente un fármaco por su denominación común internacional –DCI- o principio activo, solo pone en riesgo la salud de la población. Esperemos que este hecho sea considerado por la Comisión Mixta.

Elmer Torres Cortés

Vicepresidente ejecutivo de Asilfa

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