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Fiscalía presenta recurso de nulidad por juicio de caso “Chillán Viejo”

El fiscal Álvaro Serrano presentó en las últimas horas un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Chillán, en el cual pide la anulación integral del juicio oral y de la sentencia emanada por el Tribunal Oral en lo Penal de Chillán en el llamado caso “Chillán Viejo”.

Luego de un juicio oral de casi dos meses de duración fueron absueltos ocho de los acusados y dos fueron condenados.

Tras la interposición de este recurso por parte del Ministerio Público, el tribunal de alzada chillanejo deberá primero pronunciarse sobre su admisibilidad y una vez aceptada, fijar una audiencia para su discusión.

El fiscal Álvaro Serrano precisó que la acción legal se funda en tres causales de nulidad. “La primera de ellas es porque se requiere la presencia de diversos intervinientes durante todo el juicio, entre ellos los acusados, y en este caso el tribunal autorizó continuar con un juicio sin la presencia del acusado Felipe Aylwin Lagos y entendemos que eso es suficiente, por sí mismo, para anular el juicio”.

En el recurso, el fiscal plantea que “como Ministerio Público comprendemos la situación de salud que aqueja al acusado Felipe Aylwin Lagos, sin embargo en virtud del principio de legalidad que rige las actuaciones del Poder Judicial y del Ministerio Público corresponde resolver el escenario planteado conforme a Derecho, y que se aplique la norma. Esto es que si la suspensión o la interrupción del juicio oral excede de 10 días, este hecho impide la continuación del juicio, y en tal caso, el propio tribunal es el que debe decretar la nulidad de todo lo obrado y ordenar su reinicio, siendo una norma imperativa para el tribunal”.

El fiscal Serrano acotó que la segunda causal de nulidad se basa en los fundamentos del fallo, “porque no se entiende del análisis de la sentencia cómo frente a una falsificación de instrumento público solamente se condena a uno de los partícipe de esta falsificación y no a otros que estimamos también tuvieron participación directa en el hecho”.

Finalmente, la tercera causal de nulidad se refiere a una errónea aplicación del Derecho “basado en que creemos que la sentencia cae en vicios bastante complejos y graves respecto a la calificación jurídica que en definitiva hace”, expresó.

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