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Concejo municipal aprobó acuerdo extrajudicial para uso de agua en las Termas

Como una “excelente noticia” para el desarrollo del predio Termas Minerales de Chillán calificaron autoridades comunales y ejecutivos de la concesionaria, el acuerdo extrajudicial al que llegó la entidad edilicia con la Junta de Vigilancia del Río Diguillín.

Hoy lunes, durante la primera sesión ordinaria del gobierno comunal correspondiente a este año, el alcalde Sergio Zarzar Andonie sometió a consideración del concejo el convenio que el consistorio había trabajado previamente con los regantes, que desde el año 2014 habían acusado al municipio por el delito de usurpación de aguas.

El problema tiene su origen en la imposibilidad del gobierno local para inscribir derechos de aprovisionamiento del vital elemento para ser ocupados en los hoteles y demás recintos turísticos municipales que están en calidad de concesión.

La situación había sido analizada desde los años 90, y continuó después cuando comenzó a ser estudiada la concesión del predio termal, durante el año 2007. Jamás se pudo lograr la regularización de los recursos hídricos que ocupa la municipalidad y su socio comercial.

Finalmente, la Junta de Vigilancia del Río Diguillín tuvo que acusar el uso irregular de aguas que forman parte de la hoya hidrográfica del mencionado caudal, para que las partes se sentaran a conversar sobre las gestiones orientadas a asegurar el pleno goce del recurso.

Plazo de tres años

El concejal Patricio Huepe García destacó que lo más relevante del acuerdo aprobado ayer es que la municipalidad tendrá un plazo adicional de tres años para solucionar el conflicto.

Además, si antes de la pugna con los regantes se temía que el predio cordillerano podía quedarse sin agua afectando su desarrollo, con este convenio se abre una ventana de tres años para el uso de ese bien con fines turísticos.

De igual manera, el edil Juan López Cruz indicó que “desde ahora en adelante el problema se traspasa nuevamente al municipio, pues será esta entidad la que deberá poder inscribir en tres años derechos de agua que no pudo registrar en más de 100”.

López indicó que “si bien es cierto tres años parece mucho tiempo, es igualmente cierto que los procesos de inscripción de aguas pueden tomar mucho tiempo y en la municipalidad no han probado ser expertos en el tema”.

Desde Nevados, el presidente de directorio de la entidad, Guillermo Ruiz Pérez, resaltó que “esta es una excelente noticia para el desarrollo futuro de las Termas de Chillán”.

El empresario recalcó que “este es un tema que tenían que solucionar la municipalidad con la Junta de Vigilancia, pero nosotros en calidad de socios del municipio estamos dispuestos a invertir para que esto llegue a buen puerto”.

Lo importante, destacó el concejal Jorge Vaccaro, es que el consistorio tendrá un plazo de 36 meses para lograr regularizar, adquirir o trasladar recursos hídricos que aseguren la operación de hoteles y centros de eventos operados por el concesionario.

El plazo debiera ser suficiente para que el municipio complete satisfactoriamente las tratativas para asegurar un suministro permanente, del orden de 30 litros por segundo, que se considera suficiente para el funcionamiento de las Termas.

El acuerdo, según el municipio, establece entre otras cosas la integración a la Junta de Vigilancia del Río Diguillín y sus afluentes (“Junta de Vigilancia”), que es “una organización de usuarios de agua, la cual tiene como objeto administrar y distribuir las aguas a que tienen o tendrán derecho sus miembros y/o accionistas”.

La inversión municipal para ser parte de esta entidad es marginal, pues le significa al año unos $180.000 y una serie de beneficios, entre los que se cuentan dirimir las eventuales diferencias de manera interna.

El concejal Patricio Huepe indicó que el objeto de la transacción no es otro que “poner término a las discusiones referidas al uso de las aguas en el predio Termas Minerales de Chillán, terminar los litigios pendientes, precaver eventuales litigios, así como también, a los procedimientos administrativos y judiciales asociados a la materia”.

Acuerdo

Según lo expuesto por el municipio, la transacción es la mejor vía para solucionar el conflicto, pues “se hace necesario adoptar un acuerdo, a fin de proteger los intereses que son propios a los intervinientes, y dar cumplimiento a las obligaciones que a cada uno le asiste y de ese modo, no entorpecer los propósitos encomendados al municipio como Órgano de la Administración del Estado, a través de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en sus artículos 1°, 3° y 4°”.

Todo esto, se enmarca igualmente, “en el reconocimiento que tiene el Predio Termas de Chillán como destino turístico, de renombre nacional e internacional, no solo para la Municipalidad de Chillán y las empresas concesionarias Consorcio Chillán Uno S.A., y Consorcio Chillán Dos S.A., sino que también para la región y el país, considerando además que está relacionado al desarrollo de pequeños y medianos empresarios turísticos de la zona”.

En el escrito sometido a votación por el municipio se agrega que las partes “destacan la importancia a nivel regional que tiene la Junta de Vigilancia, la cual es una asociación que cuenta con más de dos mil asociados, quienes a través del riego de sus predios, contribuyen al sustento alimenticio tanto de la región como del país, motivo por el cual, resulta primordial lograr un acuerdo que termine con las dificultades existentes”.

Entre las obligaciones municipales, se establece que la municipalidad se compromete a llevar a efecto el o los procedimientos necesarios, tendientes a la regularización pendiente de una vertiente existente en el predio municipal.

Además, se plantea que la entidad edilicia se compromete a regularizar o adquirir “derechos de aprovechamiento de aguas superficiales y corrientes, de uso consuntivo, que sean susceptibles de ser trasladados dentro de un plazo de 36 meses”.

Asimismo, la corporación municipal, “asume la obligación, una vez inscritos los derechos de agua, de informar a la Junta de Vigilancia para su incorporación al registro de usuarios e integrarse dentro del plazo de 30 días a contar de la firma de la presente transacción como miembro de la Junta de Vigilancia”.

Finalmente, se deja constancia “que la obligación de Municipalidad consiste en regularizar los derechos de agua que efectivamente utiliza y en el plazo señalado (36 meses)”.

De esta manera, “si el municipio regulariza los derechos de agua que efectivamente utiliza, no será necesaria la adquisición de derechos de agua, no obstante ello, si el volumen de agua utilizado es mayor a la regularizada en su vertiente, tendrá la obligación de adquirir, en el mismo plazo, los derechos de agua para completar el volumen que efectivamente utiliza”.

Nevados

La empresa Nevados de Chillán, en tanto, “se obliga a facilitar el acceso al predio de funcionarios de la Junta de Vigilancia y a un pago de una suma de dinero que asciende a 50 millones de pesos, a la Junta de Vigilancia del Río Diguillín y sus Afluentes”.

En tanto, la Junta de Vigilancia del Río Diguillín, “se obliga a no entorpecer u objetar los procedimientos de regularización o de traslado de derechos de aprovechamiento de aguas que la Municipalidad de Chillán inicie o haya iniciado conforme a las disposiciones legales y administrativas vigentes sobre la materia, y que digan relación con el cumplimiento del presente acuerdo, en los términos expresados en él”.

De la misma manera, la Junta de Vigilancia no perseverará en el cumplimiento de las resoluciones DGA, ya sea en sede judicial o administrativa, se compromete a tolerar el aprovechamiento de las aguas por parte del municipio y Nevados “en las mismas condiciones y bajo los mismos caudales actualmente existentes en el Predio Termas de Chillán, durante el tiempo de regularización y/o obtención de los derechos de agua de la Municipalidad, lo que tendrá un plazo máximo de 36 meses contados desde la celebración del acuerdo, obligándose para ello, a no iniciar gestión alguna que impida o entorpezca tal uso, dentro del plazo referido”.

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