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Corte rechaza expulsar a familia venezolana que entró ilegalmente

La Corte de Apelaciones de Chillán acogió un recurso de amparo presentado en representación de una pareja venezolana,  quienes habrían ingresado junto a sus hijos de 4 y 7 años, de forma clandestina al país, en septiembre del año pasado, trasladándose luego hasta la comuna de Quillón, Región de Ñuble.

La razón fue, según consta en el fallo, porque pese a que la Intendencia de Tarapacá, que presentó originalmente el escrito de expulsión, en octubre de 2020, no perseveró en la causa ni ordenó investigación alguna para acreditar la estadía irregular de la pareja.

Por tal razón, y mediante fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Darío Silva, Guillermo Arcos, Claudio Arias y Paulina Gallardo– ordenó dejar sin efecto las resoluciones de la Intendencia Regional de Tarapacá.

Conforme a los ministros este desestimiento “demuestra el desinterés en indagar el supuesto delito cometido” y que “las resoluciones de expulsión conculcan gravemente la garantía de la libertad personal de los amparados, contemplada en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, ya que de mantenerse las órdenes de expulsión se afecta su derecho a residir, permanecer y trasladarse libremente dentro del territorio de Chile”, añade.

La representación legal de la pareja la asumió el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), siendo este caso el cuarto que, mediante su patrocinio, logran revocar decretos de expulsión de extranjeros que se encontraban en la Región de Ñuble, sin contar con las visas requeridas.

Países en crisis

El director regional del Instituto de Derechos Humanos (INDH) de la Región de Ñuble, Daniel Concha, explicó que “existen leyes en la Constitución Política que establecen con claridad que no es causal suficiente que un extranjero ingrese de manera irregular al país, para que sea automáticamente deportado, en especial cuando se trata de personas que vienen huyendo de países que se encuentran en crisis o cruzan por catástrofes, como es el caso de Venezuela o Haití, que es el país de origen de las otras personas que han sido representadas por el INDH ante la Corte, evitando su expulsión”, explicó.

Adicionalmente, en todas las causales, incluida la de la pareja venezolana, se invocaron otro tipo de razones humanitarias, como por ejemplo “que los dos hijos menores de este matrimonio se encuentran estudiando en establecimientos educacionales de Quillón. En el caso de las haitianas, había una que estaba pronta a dar a luz, y ese niño sería chileno; y en los otros casos, sus respectivos maridos ya contaban con sus cartas de residencia”.

La séptima en el país

En la última medición hecha en 2020 por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), Ñuble era la séptima región del país con mayor presencia de extranjeros, con cerca de 30.500 personas quienes llegar tras pasar algunas temporadas, principalmente en Santiago, Biobío o El Maule.

Daniel Concha no desconoce que hay un número indeterminado de extranjeros irregulares, lo que puede generar preocupación.

Sin embargo, advierte que “hay que velar primero por la persona, la Ley no puede estar por sobre el bienestar de las personas, ellos llegan porque estaban desesperados, porque vienen a buscar mejores condiciones”.

La intendencia de Tarapacá tiene un plazo de cinco días para apelar del fallo ante la Corte Suprema.

Felipe Ahumada

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